En el marco de los controles y fiscalizaciones que realiza la Armada, este domingo 27 de marzo cerca de las 19:30 horas la Sala de Control de Tráfico Marítimo de la Capitanía de Puerto de Iquique, detectó frente a playa Brava a la lancha pesquera artesanal “Daniel” de 17,5 metros de eslora, realizando faenas de pesca dentro de la milla que está reservada, desde costa, para embarcaciones menores a 12 metros de longitud.
Por lo que se envió a una lancha patrullera que verificó y corroboró la posición de la embarcación involucrada, notificando al patrón de la embarcación para que finalizara de inmediato las faenas y regresara a puerto.
Una vez recalada la embarcación pesquera en el puerto de Iquique, la Policía Marítima de la Capitanía de Puerto efectuó el sellado de redes y notificó al armador sobre la incautación de la red y el contenido de éstas en forma provisional.
Asimismo, el armador y el patrón de pesca quedaron citados al Juzgado de Letras de Iquique, por infringir el artículo 47 bis, de la Ley General de Pesca y Acuicultura que indica que la primera milla marina del área de reserva artesanal queda reservada para el desarrollo de actividades pesqueras extractivas de embarcaciones de una eslora total inferior a 12 metros.
No obstante, cuando en una o más zonas específicas dentro del área de una milla, no haya actividad pesquera artesanal efectuada por embarcaciones de eslora inferior a 12 metros, o si la hubiere, es posible la autorización del desarrollo de actividad pesquera artesanal por naves de mayor eslora sin que interfieran con la actividad pesquera existente. En ningún caso podrán autorizarse actividades pesqueras artesanales que afecten el fondo marino y los ecosistemas de los peces de roca.




