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Condenan a periodista por calumnias e injurias contra directora de la UTA tras campaña de acusaciones públicas

El Juzgado de Garantía de Iquique dictó sentencia condenatoria en el caso por injurias y calumnias que enfrentó a la Universidad de Tarapacá (UTA) con el periodista Cristian Andrés Valdés Rojas, tras una querella presentada en 2025 por la directora de la sede Iquique, Yasna Godoy Henríquez.

La resolución fue dada a conocer este 23 de marzo de 2026, poniendo fin a un proceso judicial que se extendió por cerca de un año y que se tramitó bajo el procedimiento de acción penal privada.

La causa se originó luego de una serie de publicaciones, entrevistas y declaraciones públicas atribuidas al condenado, en las que se formulaban acusaciones contra autoridades universitarias, incluyendo imputaciones de hechos de carácter delictivo.

Según los antecedentes expuestos durante el juicio, los hechos se remontan a febrero de 2025, tras la desvinculación del periodista desde la casa de estudios, momento a partir del cual —según estableció el tribunal— se desarrolló una conducta reiterada de difusión de contenidos que afectaban la honra de la directora y de la institución.

En paralelo a estos hechos, el condenado también intentó reunir firmas para levantar una candidatura independiente al Senado por la Región de Tarapacá en 2025, proceso en el que finalmente no logró alcanzar los apoyos necesarios para formalizar su postulación.

Entre los episodios considerados en la sentencia se incluyen publicaciones en plataformas digitales, intervenciones en medios de comunicación y un incidente ocurrido en mayo de 2025 en la Zona Franca de Iquique, donde el imputado increpó públicamente a la autoridad universitaria con expresiones ofensivas.

Uno de los elementos clave del fallo fue la acreditación de afirmaciones en las que se atribuía a la directora la supuesta orden de una agresión, lo que el tribunal consideró como una imputación falsa de delito, configurando el ilícito de calumnia.

Asimismo, se estableció que las expresiones reiteradas en redes sociales y espacios públicos, incluyendo calificativos como “corrupta”, constituyeron injurias graves, al afectar la honra y reputación de la autoridad universitaria.

Durante el juicio, se presentaron como prueba publicaciones digitales, registros audiovisuales, artículos de prensa y testimonios de funcionarios, lo que permitió acreditar la reiteración, publicidad y alcance de los hechos denunciados.

En su resolución, el tribunal concluyó que las conductas del condenado excedieron los límites de la libertad de expresión, configurando delitos contra la honra cometidos con publicidad.

Cabe señalar que, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente, la defensa del condenado aún puede recurrir a instancias superiores para impugnar el fallo, por lo que la sentencia no se encuentra ejecutoriada y el proceso podría continuar en tribunales de alzada.

Revisa el documento en detalle.

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