Los prefijos 600 y 809 utilizados en llamadas de cobranzas extrajudiciales podrían dejar de aparecer próximamente, luego de una modificación realizada por la Subsecretaría de Telecomunicaciones tras un fallo de la Corte Suprema.
La controversia se originó en 2025, cuando la Subsecretaría de Telecomunicaciones emitió un oficio clasificando las llamadas de cobranza como “servicios complementarios”, obligando a utilizar los prefijos 600 y 809 antes del número telefónico.
La medida buscaba diferenciar este tipo de comunicaciones de llamadas potencialmente fraudulentas o spam.
En ese contexto, el prefijo 600 estaba reservado para comunicaciones vinculadas a una relación contractual existente entre cliente y empresa, mientras que el 809 era utilizado para ofertas y campañas masivas.
Sin embargo, en marzo de este año, la Corte Suprema de Chile acogió un recurso de amparo económico presentado por la Asociación del Retail Financiero en contra de Subtel.
En el fallo, el máximo tribunal concluyó que las llamadas de cobranza extrajudicial no constituyen un servicio complementario de telecomunicaciones, sino una gestión directa entre acreedor y deudor una vez vencida una deuda.
Tras la resolución judicial, el pasado 13 de mayo la Subtel publicó en el Diario Oficial una modificación a la normativa original.
La nueva resolución establece que las comunicaciones cuyo objetivo sea la cobranza extrajudicial podrán realizarse sin necesidad de utilizar los prefijos 600 o 809.
Con ello, las empresas de cobranza podrían volver a efectuar llamadas desde numeraciones tradicionales, revirtiendo parcialmente la medida implementada originalmente para proteger a los usuarios frente a llamadas masivas o engañosas.




