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Tribunal acoge demanda contra SLEP Iquique y ordena pago de $20 millones a funcionaria que le negaron su retiro voluntario 

El Juzgado de Letras del Trabajo acogió la demanda de cumplimiento de contrato colectivo con indemnización en contra del Servicio Local de Educación Pública (SLEP) Iquique por una trabajadora que le negaron su solicitud de retiro voluntario, basado en una cláusula del contrato colectivo firmado con la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Iquique (Cormudesi) antes del traspaso al nuevo sistema de educación pública.

En el fallo, el magistrado David Sepúlveda estableció que el servicio liderado por su director ejecutivo, Najle Majluf Morales, debe dar cumplimiento a lo pactado por su antecesora legal y pagar $20.030.850, equivalente a 10 meses de remuneraciones.

En el texto se da cuenta de la oponibilidad del SLEP Iquique a una cláusula del Contrato Colectivo de Trabajo que establece que la Cormudesi concederá anualmente a los trabajadores que cumplan cinco o más años de servicios el derecho a retirarse de la corporación por mutuo acuerdo de las partes, pagando la respectiva indemnización.

La resolución señala que la Ley 21.040, que creó el sistema actual de educación pública, establece las instituciones que lo componen y regula su funcionamiento. Junto con ello, se detalla que las municipalidades dejaron de administrar los establecimientos y los traspasaron a los Slep, que actúan como sucesores legales de las corporaciones municipales.

El tribunal determinó que la misma normativa establece que “como consecuencia del traspaso a los Servicios Locales, ningún trabajador perderá sus derechos adquiridos, siéndole oponibles las condiciones pactadas con anterioridad a seis meses contados desde la fecha en que se hiciera efectivo el traspaso del personal, debiendo pagar la municipalidad o corporación municipal respectiva aquellas que se pacten dentro de dichos seis meses”.

Asimismo, dictaminó que el servicio debía aceptar la solicitud de retiro voluntario de la trabajadora, ya que cumplía con los requisitos necesarios. Además, determinó que la falta de respuesta del servicio impidió que la afectada ejerciera su derecho a terminar el vínculo laboral de acuerdo a lo estipulado en el contrato colectivo.

“Al no configurarse ninguna de las excepciones legales para no hacerlo (…) lo que ha provocado que la trabajadora no haya podido ejercer su –adquirido– derecho de acceder a la terminación del vínculo en los términos regulados, desconociendo con ello el demandado su derecho a la determinación de su futuro laboral, e impidiéndole acceder a una causal de término legalmente regulada en el contrato colectivo al que se encontraba adscrita pese a que, como se dijera y según consta de la prueba aportada en autos, formuló sus solicitudes dentro de la vigencia del contrato colectivo –tanto a la corporación como al servicio demandado– en cumplimiento de los requisitos exigidos, por lo que no existía –ni existe– razón válida para que no acceda al beneficio”, se agrega en el fallo.

Por tanto, el tribunal acogió la demanda de la trabajadora en contra del SLEP Iquique, ordenando el pago de $20.030.850 por concepto de retiro voluntario, equivalente a 10 meses de remuneraciones, según lo acordado en el contrato colectivo suscrito en marzo de 2022 entre la Corporación Municipal y el Sindicato N°2 de Trabajadores de la Cormudesi, por haber prestado servicios durante 11 años.

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