El viernes 7 de septiembre el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal (TOP) de Iquique condenó a cuatro ex carabineros de la Tercera Comisaría de Alto Hospicio a 541 días de presidio, con el beneficio remisión condicional, por el delito de apremios ilegítimos. La sanción se cumplirá fuera de un recinto penitenciario.
Además el TOP aplicó a los exfuncionarios Iván Araya Espinoza, Alex Agüero Urrutia, Enrique Gómez Cordero y Claudio Rodríguez Reyes a la sanción de inhabilitación temporal para cargos, empleos u oficios públicos durante el tiempo que dure la condena.
Por otro lado, el tribunal absolvió a los cuatro excarabineros del delito de torturas, en calidad de autores, mientras que a Araya Espinoza se le eximió del delito de obstrucción a la investigación.
Asimismo, el tribunal no condenó en costas a los acusados y sustituyó el cumplimiento efectivo de las penas privativas de libertad por la pena sustitutiva de remisión condicional, fijándose un plazo de observación de 541 días, período durante el cual deberán cumplir las condiciones establecidas en el juicio.
Los sentenciados deberán presentarse en el Centro de Reinserción Social de su comuna dentro de cinco días después de que la sentencia quede firme y ejecutoriada, y en caso de no hacerlo se podrá emitir una orden de detención. Cabe mencionar que si se revoca o quebranta la pena sustitutiva, los condenados deberán cumplir las sanciones de prisión impuestas.
Las condenas por apremios ilegítimos son en relación a delitos cometidos en julio de 2023, en el contexto de la detención de la víctima, un hombre chileno de 40 años, y otras dos personas en la Tercera Comisaría de Alto Hospicio.
En dichas circunstancias, los acusados, tras recibir instrucciones del entonces comisario Jorge Carrasco Pujol y de la entonces jefa de la Sección de Investigación Policial (SIP), Rocío Brito Tobar, trasladaron a la víctima hasta una celda apartada, donde ejercieron actos de violencia en su contra, golpeándolo y rociándolo con gas pimienta, resultando la víctima con lesiones de carácter menos graves.
Estas condenas se suman a las obtenidas previamente contra el exteniente Carrasco Pujol y Brito Tobar, quienes fueron sentenciados a 3 años de libertad vigilada por apremios ilegítimos y falsificación de parte policial. Todos los uniformados fueron dados de baja de la institución policial tras conocerse estos hechos.
Excarabineros golpearon y rociaron con gas pimienta a víctima
En el juicio quedó establecido que cerca del mediodía del 19 de julio de 2023 en la comuna de Alto Hospicio, Ricardo Arturo Valdivia Torrejón, su pareja y un tercer sujeto fueron detenidos por personal de la SIP a cargo de la funcionaria de carabineros Rocío Brito Tobar por un supuesto delito de violación de morada.
Los sujetos fueron conducidos por ese hecho a la Tercera Comisaría de dicha comuna y alrededor de las 20:00 horas, en el calabozo, la víctima se negó a firmar un documento de constatación de lesiones, así como como concurrir al consultorio.
Tales circunstancias fueron informadas por Brito Tobar al teniente coronel Jorge Carrasco Puyol, quien llamó a los funcionarios de Carabineros, Alex Agüero Urrutia, Enrique Gómez Cordero y Claudio Rodríguez Reyes, quienes ingresaron al sector de los calabozos vestidos de motoristas y se posicionaron en el pasillo fuera de la celda de la víctima.
Luego, el mismo teniente coronel “ordenó al funcionario de la SIP, Iván Araya Espinoza, que apagara las cámaras de grabación de dicho sector para efectos de que no quedara registro, instrucción que fue cumplida por dicho funcionario”.
En este contexto, Carrasco Puyol pidió el traslado de los demás detenidos a fin de dejar a la víctima aislada en su celda, para luego instruir el ingreso de “Gómez y Rodríguez, quienes redujeron al hombre ubicándolo boca abajo para esposarlo. Lo sujetaron mientras que Carrasco Puyol lo golpeó de puños y pies en los muslos y en sus genitales”.
Por su parte, Agüero “roció con gas pimienta a la víctima en su cara, lo que afectó al resto de los detenidos en el lugar. Sin que existiera un motivo que justificara la violencia ejercida”. Mientras esto ocurría Brito Tobar “observó la agresión desde el pasillo e insultó a la víctima”.
“Una vez realizado lo anterior, ya sin oposición del ofendido lo sacaron del calabozo y lo trasladaron al carro policial con destino al Consultorio más cercano, donde se le diagnosticó leve eritema ocular izquierdo con leve epifora, además eritema periocular izquierdo”, se agrega en el fallo.
Después del control de detención, la víctima fue al médico y fue diagnosticada con lesiones menores y múltiples. El 4 de agosto de 2023, el afectado presentó una denuncia en la Tercera Comisaría, responsabilizando a Carrasco Puyol por las agresiones. Alex Agüero Urrutia informó a Carrasco, quien ordenó retener el parte policial para que no fuera enviado a la Fiscalía e instruyó a Brito Tobar “modificar el contenido del parte policial y estampar la firma de éste, pese a que no se encontraba de servicio ese día”.
Posteriormente, el parte de la denuncia fue enviado modificado al Ministerio Público con fecha 11 de agosto de 2023. Paralelamente, ese mismo día de la denuncia “Iván Araya Espinoza concurrió a la guardia de detenidos, manipuló el DVR de las cámaras de vigilancia y se lo llevó consigo. De lo que se dejó constancia en los libros respectivos”.
Durante los meses de diciembre de 2023 y enero de 2024, una vez iniciada la investigación, Jorge Carrasco Puyol presionó a los funcionarios Leonardo Umaña y Ángel Peña para que cambiaran sus declaraciones sobre un caso. El excoronel quería que ocultaran la desconexión de las cámaras y la golpiza a la víctima.
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