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Concurso de funcionarios “a la medida”, conflicto de interés e intervención en sumarios: la denuncia que enfrenta la jefatura de Junji Tarapacá

La vicepresidenta ejecutiva de Junji determinó iniciar un sumario administrativo, considerando “la naturaleza de los hechos expuestos” y que podrían “configurar infracciones administrativas”.

​Una denuncia de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales interpuesta en contra de la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji) dio cuenta de una serie de acusaciones sobre supuesto conflicto de interés, concursos para funcionarios “a la medida”, intervención en procedimientos sumariales, amedrentamiento y acoso laboral en la jefatura de la dirección regional de Tarapacá.

El caso apunta al director regional (s), Humberto Godoy, y la subdirectora (s) de Fiscalía y Asesoría Jurídica, Carolina Godoy, mientras que la vicepresidencia ejecutiva de la Junji instruyó un sumario administrativo al considerar la existencia de imputaciones relativas a “eventuales infracciones al principio de probidad administrativa”.

La denuncia penal fue ingresada ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique el pasado 14 de septiembre. Además, se fijó una audiencia preparatoria para el 18 de noviembre, a las 08:30 horas, de forma presencial.

Junto con pedir al tribunal medidas cautelares de resguardo, el demandante pide una indemnización de $30 millones por daño moral, disculpas públicas del director regional (s) y que la jefatura y el cuerpo directivo de la dirección regional participen en un taller sobre derechos fundamentales y protección al empleo de los trabajadores .

En la acción judicial, a la que tuvo acceso Radio Paulina, se menciona que el demandante, Teddy Thompson, se desempeña desde mayo de 2024 como abogado asesor jurídico en la Subdirección de Fiscalía y Asesoría Jurídica de Junji Tarapacá, manteniendo “un desempeño intachable y comprometido”, logrando ganar causas complejas ante la justicia. La unidad se encarga de resguardar la legalidad de los actos administrativos y otras tareas como tramitar e instruir investigaciones sumarias cuando corresponda en la dirección regional.

De acuerdo al relato del abogado, todo comenzó en mayo de 2025 cuando se le asignó de forma simultánea la tarea de instruir 70 sumarios por casos de funcionarios que viajaron al extranjero. Para cumplir con los plazos exigidos desde Santiago realizó “trabajos extraordinarios”, previa autorización mediante la Resolución Exenta N° 15/1302. Sin embargo, el trabajador acusa que no se le pagó la totalidad de las horas, por lo que elevó una solicitud de aclaración que, a la fecha, no ha sido respondida.

Para el letrado, este percance fue sólo la punta del iceberg de una serie de situaciones que se extendieron por casi dos años en las oficinas de Junji, ubicada en calle Wilson 243 de la ciudad de Iquique y que fue escalando hasta llegar a tribunales.

Concurso para cargo de Grado 10 “a la medida” 

Según se detalla en la acción judicial, a finales de octubre de 2025, el director regional (s), Humberto Godoy, le comentó al demandante que abriría el concurso interno para el cargo vacante de profesional grado 10 “con el único fin de permitir que Carolina Godoy (Grado 12) pudiera ascender de grado, dado que era la más antigua”.

Para ello, la misma funcionaria, mediante mensajes en el grupo de WhatsApp denominado “La Sagrada Familia” supuestamente les indicó que tenían “la obligación de postular para completar la terna” entre ellos, incluso les advirtió “de forma amedrentadora que si entraba un profesional externo y ganaba, el servicio se vería obligado a ‘deshacerse de alguno de nosotros’ por exceso de dotación”. 

“Esta coacción velada sobre mi estabilidad laboral me forzó a postular contra mi voluntad”, expuso el afectado en el texto judicial. 

El abogado sostuvo, en su demanda, que “el concurso fue adjudicado, como estaba preconcebido, a Carolina Godoy, generando reclamos paralelos de otras funcionarias” por “el favoritismo del director (regional) hacia los abogados de su círculo más cercano”.

 

“Conflicto de interés y hostigamiento en el Caso ACJ” 

Durante el 25 de noviembre de 2025, al abogado se le encargó el análisis del convenio de pago suscrito con la Asociación Cristiana de Jóvenes (ACJ) por más de $39 millones derivado de rechazos de rendiciones por indemnizaciones del Art. 159 N°1 del Código del Trabajo. 

De acuerdo con la denuncia, la subdirectora (s) supuestamente descalificó el trabajo realizado por el abogado en esta materia y omitió al equipo que su cónyuge, Drago Rosso, integraba el directorio de la ACJ, incurriendo presumiblemente “en un flagrante conflicto de interés”. De hecho, según el sitio web de la organización, Rosso figura actualmente como parte del directorio de la entidad.

Asimismo, el jurista acusa que Godoy tiene “un doble estándar y trato discriminatorio” en la supervisión, dependiendo de la cercanía personal con el funcionario. Ejemplifica que con una funcionaria con la que mantiene una relación de amistad de 10 años el trato es completamente distinto, mientras que con él se ha comprometido su “salud psíquica” y “honra profesional”. 

Causa “Andro Silva” 

En la demanda se menciona un caso dado a conocer por Radio Paulina en el que Junji Tarapacá perdió $24 millones en un juicio laboral por la negligencia de los abogados de la institución. 

Según dio a conocer este medio, el exfuncionario Andro Silva Trincado interpuso una denuncia por tutela de derechos fundamentales y, durante el juicio laboral, la institución no contestó la demanda; no fue a la audiencia preparatoria; no exhibió los documentos que el tribunal ordenó; desistió de una causal de nulidad en plena audiencia; y cuando ya solo quedaba un recurso —el de unificación de jurisprudencia ante la Corte Suprema, con un argumento técnico que merecía ser evaluado— lo presentó tarde.

La derrota judicial derivó en un sumario administrativo al equipo jurídico y a los funcionarios que recibieron las notificaciones del Poder Judicial por este caso, según indicó la misma a este medio Junji en junio de 2026.

En tanto, el letrado atribuye el fracaso de este juicio “a la negligencia inexcusable” de Humberto Godoy, cuando ejercía como Subdirector Jurídico, ya que “no contestó la demanda, no asistió a las audiencias y no exhibió documentos”. 

En dicho procedimiento judicial, el abogado redactó el recurso de unificación de jurisprudencia mencionado, señalando que fue valorado por el propio director regional (s), pero que al ser remitido a nivel central causó molestia en Carolina Godoy, debido a que esto pondría en conocimiento “de que el servicio regional no había comparecido a las audiencias citadas por el Juzgado del Trabajo de Iquique”. 

El jurista sostiene que “esta maniobra de ocultamiento” impuesta por su jefatura, sumada a la demora en las firmas regionales, provocó que el recurso se ingresará con 1 día de desfase en el máximo tribunal.

Así las cosas, el fallo desfavorable de la Junji Tarapacá llegó hasta Santiago y el propio denunciante debió exponer, vía telemática, los “errores” y “negligencias” de Humberto Godoy en el procedimiento, quien pese a todo lo anterior “no recibió sanción alguna”. 

Esta última recriminación del abogado causó una “hostilidad” de Carolina Godoy, quien supuestamente lo acusó de “altanero y procedió a exponer, divulgar y distorsionar” frente a los demás integrantes de la oficina las conversaciones que ambos habían sostenido sobre este tema “a puertas cerradas”, desatando con ello “una dinámica de aislamiento laboral” en contra de su persona. 

“Coacción de testimonio e intervención en sumarios” 

Los desastrosos resultados de la causa “Andro Silva” derivaron en la apertura de un sumario administrativo y el demandante fue citado a declarar el 1 de junio de 2026. No obstante, el letrado sostiene que la diligencia fue interrumpida abruptamente por la subdirectora (s), quien supuestamente intentó coaccionar el relato del abogado para que asumiera toda la responsabilidad, blindando al director regional (s) de toda culpabilidad. 

Aquello no terminó allí, ya que según el abogado, Carolina Godoy sostuvo “reuniones privadas” con la fiscal a cargo del sumario “para encararla” por la citación de un abogado externo en el procedimiento, quien fue parte del equipo de manera temporal a raíz de los sumarios instruidos por la CIC N°19.

Pese a las presiones de su jefatura, el abogado declaró “la verdad en el sumario”, informando objetivamente a la Fiscal, como ocurrieron realmente los hechos que originaron el sumario administrativo”. 

Sin embargo, su relato tuvo como consecuencia “la hostilidad del círculo de la subdirectora, el que se volvió insoportable al ser excluido de instrucciones de la Unidad Jurídica”, y en otras actividades entre compañeros, tanto dentro como fuera de la oficina.

“Acoso digital, intromisión ilegal y colapso de salud mental”

El denunciante sostiene que se ejecutaron, en dos oportunidades, intromisiones a su privacidad digital y a sus herramientas de trabajo sin su consentimiento, esto cuando él estuvo con reposo médico autorizado.

Asimismo, acusa que entre 2025 y 2026, presenció cómo la subdirectora (s) ordenaba a dos funcionarios “la impresión de libros particulares de más de 100 páginas y trabajos escolares a color para sus hijas, utilizando insumos, impresoras, papel y tiempo del servicio público para fines estrictamente personales”. 

Debido al “acoso en el trabajo” y al “aislamiento laboral en la oficina” y en grupos de WhatsApp institucionales, el demandante debió hacer uso de licencias médicas continuas para resguardar su salud mental. 

Vicepresidencia ejecutiva de Junji investiga a la jefatura regional 

El 25 de junio de 2026, el abogado ingresó una denuncia formal ante la Contraloría General de la República (CGR) en contra del director regional (s), Humberto Godoy, y la subdirectora (s) de Fiscalía y Asesoría Jurídica, Carolina Godoy, para que fiscalice los antecedentes mencionados.

Casi un mes después, el Centro de Admisibilidad y Atención Ciudadana de la CGR emitió el Oficio N°156984-2026 y remitió la denuncia a la Vicepresidencia Ejecutiva de la Junji, liderada de forma subrogante por Denise Arriagada, quien tomó conocimiento del caso e instruyó un sumario administrativo para investigar “las faltas al principio de probidad e irregularidades denunciadas”. 

En el Oficio N° 1478 del 27 de agosto de 2026, la vicepresidenta ejecutiva de Junji señala que se determinó iniciar el procedimiento considerando “la naturaleza de los hechos expuestos” y que podrían “configurar infracciones administrativas”.

El demandante detalla que el estado procesal del requerimiento ante la Contraloría y el servicio se encuentra “en trámite activo” y menciona que la investigación disciplinaria se encuentra radicada en la Dirección Nacional de Junji, estando pendiente “la formulación de cargos y/o la emisión de la vista fiscal que determine las sanciones administrativas contra las jefaturas denunciadas”. 

Al ser consultados sobre esta denuncia y los antecedentes expuestos, la Junta Nacional de Jardines Infantiles confirmó a Radio Paulina que “se ha dispuesto la instrucción de un sumario administrativo, el cual se encuentra actualmente en etapa indagatoria”.

Asimismo, la institución “ha tomado conocimiento de la acción de tutela laboral presentada ante los tribunales de justicia, cuyo conocimiento y resolución corresponde a los órganos jurisdiccionales competentes”. Junji reafirmó “su compromiso con la probidad administrativa, el debido proceso y el respeto de los derechos de todas las personas involucradas”.

Atendido el carácter secreto del sumario administrativo en su actual etapa, y considerando que los antecedentes forman parte de un procedimiento judicial, la institución indicó que “no puede emitir pronunciamientos sobre el fondo de los hechos ni anticipar eventuales responsabilidades”.

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