El jueves pasado el Gobierno anunció nuevas medidas restrictivas para enfrentar la pandemia y así reducir la movilidad de la población.
El cierre de fronteras por 30 días, cambios al concepto de bien y funcionario esencial, limitación de los permisos individuales y colectivos, son algunas de las medidas que comenzarán a regir a partir de este lunes 5 de abril.
La fronteras del país estarán cerradas por 30 días, prohibiendo el ingreso de extranjeros no residentes al país, y restringiendo los viajes a los chilenos. Con respecto a los choferes de camiones que ingresan por frontera terrestre, deberán portar un PCR negativo de máximo 72 horas y se realizarán exámenes aleatorios de antígenos.
Se redefine el concepto de bienes esenciales para las comunas que estén en cuarentena y transición, accediendo solo a bienes considerados imprescindibles como alimentos, medicamentos, artículos de aseo o higiene personal.
También se eliminan algunos giros de manera temporal, por quince días, y cuya continuidad será evaluada. Entre los giros que se eliminan son: venta por menor de prendas y accesorios de vestir, calzado en comercio especializado, la venta al por mayor de perfumes, tocador y cosméticos, entre otros.
Los supermercados limitarán los productos comercializados en las comunas que se encuentren en fase 1 y 2 del Plan Paso a Paso.
Mientras que los comercios deberán exigir el permiso de desplazamiento general o Permiso Único Colectivo de Mayorista esencial a aquellas personas que deseen ingresar a los mismos. Además, se limita el personal que se considera esencial dentro de la actividad que se encuentra autorizada, incluidos los funcionarios públicos.
Asimismo, al Permiso Único Colectivo, se agregará el total de trabajadores de la empresa, el número de trabajadores o prestadores de servicios que considera esenciales.
Además, se limitará a partir de este lunes los permisos de desplazamiento individual, es decir, serán dos permisos por semana para aquellas personas que se encuentran en comunas en fase 1 y los fines de semana o feriados, solamente podrá hacerse uso de un permiso de los dos mencionados.
Finalmente, se establece el nuevo horario del toque de queda fijado para las 21:00 horas y el aforo para los cultos religiosos con público quedó común aforo máximo de cinco minutos.