Tribunal Supremo de la Democracia Cristiana determinó expulsar a Fuad Chahin y a otros militantes por ventas irregulares de sedes

544

El Tribunal Supremo de la Democracia Cristiana (DC) determinó expulsar al expresidente de la colectividad, Fuad Chahín, por la venta irregular de dos sedes partidarias, una en la comuna de Talagante y la otra en Macul, las que fueron suspendidas por la directiva que lo sucedió en el cargo.

En un documento de 15 páginas, el tribunal de la colectividad argumentó que la expulsión de Chahín “atendida a la grave y reiterada infracción de los deberes partidarios”, además, la resolución establece “la eliminación de los expulsados de todos los Registros Partidarios”.

“Atendida la grave y reiterada infracción de los deberes partidarios que se dio cuenta en lo considerativo de este fallo, se sanciona con la medida de expulsión a Fuad Chahín Valenzuela, David Morales Nordetti y Rogelio Zúñiga Escudero”.

La decisión contra el exlegislador afecta también al exsecretario nacional David Morales Nordetti, y el exadministrador Rogelio Zúñiga Escudero.

En el caso de la sede de la comuna de Talagante, el fallo establece que “las condiciones del contrato no cumple con la norma del artículo 45 por cuanto ha realizado precisamente en contra del texto legal”, en condiciones distintas de las de mercado con precio inferior al valor de mercado.

Además, la decisión establece que como único responsable aparece el entonces presidente de la Democracia Cristiana, Fuad Chahín, “quien concluyó el contrato en las condiciones que implicaban un detrimento patrimonial para el partido”, lo anterior sumado a que el exparlamentario es abogado por lo que se debía exigir un estándar mayor “respecto a su apreciación de los actos jurídicos que suscribía”.

Respecto al inmueble de la comuna de Macul, el documento señala que hay “responsabilidad disciplinaria tanto del entonces representante legal del partido así como de Rogelio Zúñiga”, quien habría tomado conocimiento tanto del precio que estaba fijando para el contrato de compraventa comprometido.

En ese punto, el documento establece que tanto Chahín como Zúñiga infringieron “el deber militante de cumplir con responsabilidad y disciplina las tareas partidarias” establecidas en sus estatutos.