Tribunal de Iquique condenó a 10 años de cárcel a autores del delito de tráfico de drogas

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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique condenó a Jean Carlos Henríquez Moscoso, Carlos Alberto Henríquez Amaya y Lorenzo Jesús Amaya Lay a cumplir la pena de 10 años de presidio efectivo, en calidad de autores del delito de consumado de tráfico de drogas. Ilícito descubierto en junio de 2020, en la jurisdicción.

En fallo unánime, el tribunal dio por acreditado que en virtud de un investigación dirigida por la Unidad de Drogas de la Fiscalía Local de Alto Hospicio, y desarrollada por la Brianco Iquique, a partir de antecedentes residuales de otras investigaciones relativas a delitos tipificados en la ley 20.000, iniciada en el mes de mayo de 2022, se investigó que al menos desde el año 2021, Carlos Alberto Henríquez Amaya y su hijo Jean Carlos Henríquez Moscoso se dedicaban activamente al tráfico de drogas, junto a otros sujetos, los que efectuaban el traslado y cobertura de grandes remesas de droga desde la región de Tarapacá al sur del país.

Dicho ilícito era realizado en camiones de alto tonelaje que se estaban previamente acondicionados para el ocultamiento de la droga. Para ello, ambos condenados utilizaban vehículos menores, para cobertura y traslado conjunto de la droga, mediante la modalidad de punta de lanza o vehículos escoltas con la finalidad de evadir controles aduaneros que existen en la región y policiales a lo largo de la ruta 5 Norte.

Así, a partir de información aportada por el Servicio Nacional de Aduanas, se estableció que con fecha 19 de junio de 2022, en horas de la noche, el vehículo automóvil marca Hyundai, modelo Tucson, y el tracto camión marca Freightliner, salieron desde la región de Tarapacá, activándose en consecuencia dispositivos policiales ante un eventual nuevo traslado de sustancias ilícitas, sustancia que sería transportada oculta en el vehículo de alto tonelaje, mientras que los ocupantes del vehículo menor, realizaba la función de punta de lanza o vehículo escolta.

Ambos vehículos se detuvieron en Chañaral y luego continuaron rumbo al sur, por la Ruta 5 Norte. A partir de ese momento, se ejecutan seguimientos policiales ininterrumpidos a ambos vehículos, determinándose que el vehículo de alto tonelaje en reiteradas oportunidades fue adelantado por la station wagon, que en determinados momentos se detuvo dejando pasar nuevamente al camión adelante, confirmándose con ello, que los tripulantes del vehículo menor realizaban cobertura al camión, sus ocupantes y su carga ilícita.

En virtud a los antecedentes recabados en el marco de la investigación y los observados en ese momento por personal policial, el 20 de junio se les sometió a los ocupantes de ambos vehículos a fiscalización y control, confirmándose que el conductor del tracto camión correspondía a Carlos Alberto Henríquez Amaya, mientras que su copiloto fue identificado como Lorenzo Jesús Amaya Lay. A la revisión del camión, específicamente en su cabina y su acoplado, se incautan en total 32.130 gramos de cocaína base y 259,490 gramos de cannabis, además de tres celulares y dinero en efectivo.

Paralelamente, personal policial sometió a fiscalización y control a los ocupantes de la station wagon ya señalada, procediéndose minutos más tarde a la detención, previa orden judicial, de Nicolás Roberto Rojo Villalobos, Jean Carlos Henríquez Moscoso, Yuliana Alejandra Gallardo Cifuentes, y Jean Pool Moscoso Henriquez, de todos ellos por el rol que le correspondió en el transporte conjunto de la droga bajo la modalidad de punta de lanza, incautándose seis teléfonos celulares y una nota en que se registraban cantidades de sustancias ilícitas y personas a quienes debían ser entregadas.

En la causa, el tribunal condenó además a Nicolás Roberto Rojo Villalobos, Yuliana Alejandra Gallardo Cifuentes y Jean Pool Moscoso Henríquez a la pena de siete años de presidio efectivo, en tanto autores del delito consumado de tráfico ilícito de drogas, por los hechos perpetrados en junio de 2022.

Asimismo, aplicó a todos los condenados las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; y al pago de una multa de cinco unidades tributarias mensuales.