El Presidente Sebastián Piñera promulgó la ley “Juan Barrios”, que modifica el Código Penal en lo particular en el delito de incendio en lugar habitado sin resultado de muerte, con sanciones de presidio mayor en su grado medio hasta el presidio perpetuo.
Para el mandatario, “estamos dando un importante paso adelante para poder hacer justicia con Juan y con tantas y tantos otras personas que han sufrido las consecuencia del terrorismo y la violencia”.
Según el Ejecutivo, esta ley “pone término a una impunidad en que quedaban los ataques incendiaros contra vehículos motorizados y otros porque simplemente no estaban contemplados en nuestro Código Penal”.
La ley que que fue despachada el 14 de diciembre por el Senado dispone que “serán castigados con esa penalidad (10 años y 1 día a perpetuidad) quien incendie un edificio, aeronave, buque, plataforma naval, vehículos de transporte público de pasajeros, automóviles de dos o más plazas y camiones”.
Además de “instalaciones de servicios sanitarios, de almacenamiento o transporte de combustibles, de distribución o generación de energía eléctrica, portuaria, aeronáutica o ferroviaria, incluyendo las de trenes subterráneos, u otro lugar, medio de transporte, instalación o bien semejante, siempre que allí hubiere una o más personas y su presencia se pudiese prever”.
La el nombre de la ley es un homenaje a Juan Barrios, camionero que falleció producto de un ataque incendiario a su camión, en el que se encontraba durmiendo.




