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“Aula Segura” será obligatoria para colegios particulares tras dictamen de la Superintendencia de Educación

La autoridad eliminó la distinción entre establecimientos públicos y privados en la aplicación de la Ley 21.128. Desde ahora, los colegios particulares pagados deberán aplicar el mismo protocolo legal para suspensiones y expulsiones, asegurando derecho a defensa y plazos claros en todo el sistema educativo.

En un paso clave para unificar las normas de convivencia escolar, la Superintendencia de Educación emitió un dictamen que extiende formalmente la aplicación de la Ley Aula Segura a los colegios particulares pagados. La medida busca terminar con criterios dispares entre establecimientos y garantizar que los casos de violencia grave se aborden bajo un mismo marco legal, independiente de la dependencia administrativa.

Hasta ahora, los colegios privados se regían por un dictamen de 2020 que les permitía suspender provisionalmente a estudiantes basándose solo en sus reglamentos internos mientras se tramitaba una eventual expulsión. Con la actualización, todos los establecimientos —municipales, subvencionados y particulares— deberán aplicar el mismo procedimiento abreviado que establece la Ley Aula Segura.

La superintendenta de Educación, Loreto Orellana, sostuvo que la decisión responde a un principio de igualdad ante la ley. “El derecho a la educación es el mismo para todos, sin importar el tipo de establecimiento. Nuestro deber es resguardarlo en cada caso”, señaló, subrayando que no existen razones para diferenciar derechos según la fuente de financiamiento del colegio.

Cambios para los colegios particulares

Desde la entrada en vigencia del dictamen (publicado el 19 de diciembre), los establecimientos particulares pagados deberán:

  • Aplicar íntegramente el procedimiento de Aula Segura ante conductas graves.
  • Respetar plazos definidos y el derecho a defensa del estudiante y su familia.
  • Actualizar sus reglamentos internos en un plazo de 90 días, aunque la norma rige de inmediato para hechos nuevos.

Además, una circular complementaria comenzará a regir con el inicio del año escolar 2026, incorporando lineamientos sobre medidas formativas y materias de identidad de género.

El dictamen refuerza que no se puede sancionar ni expulsar a estudiantes por razones ajenas a su conducta, como deudas de los apoderados, situación socioeconómica, embarazo, maternidad o paternidad, ni por rendimiento académico.

Con esta decisión, la Superintendencia apunta a fortalecer la protección de derechos y la certeza jurídica en todo el sistema escolar chileno.

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