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Corte de Iquique declara inadmisible recurso de gobernador Carvajal para revertir el sobreseimiento de consejero Milla en una querella por injurias 

La Corte de Apelaciones de Iquique declaró inadmisible el recurso presentado por el gobernador José Miguel Carvajal contra la resolución que declaró el abandono de la querella y el sobreseimiento del consejero regional, Luis Milla, en una querella por el delito de injurias de carácter grave.

La querella fue ingresada el 28 de noviembre de 2025 y en el texto se sostiene que el consejero Milla supuestamente ha difundido información falsa y descalificadora sobre el gobernador, afectando su honra y reputación a través de redes sociales y medios de comunicación.

Luego de ser admitida a trámite, el juzgado fijó una audiencia y el querellante pidió despachar una orden de detención en contra del consejero, pero la defensa se opuso y el tribunal rechazó la petición, accediendo a fijar una nueva audiencia para el 23 de enero, considerando también la incomparecencia del imputado.

Sin embargo, ese día, el abogado de Carvajal no llegó en el horario establecido para la audiencia y el tribunal decretó el abandono de la querella, sobreseyendo definitivamente la investigación contra el consejero Milla.

Con este revés judicial, el querellante presentó un “incidente de entorpecimiento” por motivos de salud del abogado, el cual fue rechazado. Luego, el abogado de Carvajal interpuso recurso ante la Corte de Apelaciones de Iquique para dejar sin efecto la resolución.

No obstante, el pasado miércoles 11 de marzo la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Iquique, integrada por la ministra presidenta Marilyn Fredes Araya y los ministros Mónica Olivares Ojeda y Pedro Guiza Gutiérrez, declaró inadmisible el recurso de apelación.

“Teniendo presente que, se declaró inadmisible el recurso de apelación deducido en causa ROL N°126-2026 Libro Penal, por el abogado don Claudio González Salgado, en representación de la parte querellante, contra la resolución de veintitrés de febrero pasado (…) circunstancia que permite colegir a estos sentenciadores, que el recurso interpuesto carece de oportunidad, por lo que, en consecuencia, SE OMITE PRONUNCIAMIENTO respecto del mismo”, detalla el fallo.

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