La Mañana por Paulina

    NO APLICA FUERZA MAYOR | Condenan a LATAM por suspensión de vuelo durante huelga de abril

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    La Corte de Apelaciones de Arica confirmó la sentencia que condenó a la empresa Latam Airlines S.A. por infringir los artículos de la ley de protección de los derechos de los consumidores.

    En fallo unánime (causa rol 59-2018), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Fernando González Morales, el fiscal judicial (s) Héctor Barraza Aguilera y el abogado (i) Vladimir Bordones Garrido– confirmó la sentencia impugnada, dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de Arica, que ordenó a la aerolínea pagar una multa de 5 UTM y una indemnización de perjuicios por $500.000 (quinientos mil pesos) por cancelación de vuelo por huelga legal de trabajadores de Latam, en abril pasado.

    “Tal como se ha expresado en este fallo, la huelga de los trabajadores de la empresa demandada, dentro del proceso de negociación colectiva, es un acto legal, y más aún es un derecho legítimamente ejercido por aquellos, y por tanto, jamás podría conformar un caso fortuito o fuerza mayor para el empleador”, sostiene el fallo.

    Resolución que agrega: “Consecuentemente, desestimado el único argumento y fundamento planteado por la demandada y recurrente en su apelación, resulta obligatorio rechazar el recurso de apelación en análisis que rola a fojas 134 de autos”.

    “Sin perjuicio de lo expresado, y considerando que la acción indemnizatoria se sustenta en las reglas generales del Derecho, sobre la base de las normas de la Ley N° 19.469, y así recogido por el fallo recurrido, fundamentos no impugnados en el recurso, necesariamente debe desestimarse el recurso en análisis”, concluye.

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