Desde la mesa técnica constituyente refutaron la que, aseguran, es una “equivocada” interpretación del Servicio Electoral respecto a la eventual exclusión de los extranjeros para votar en el plebiscito de abril, a quienes no incluyó en el padrón provisorio del proceso.
El presidente del Consejo Directivo del Servel, Patricio Santamaría, expuso que, en la reforma constitucional que habilitó el plebiscito, “al estar convocada la ciudadanía a votar, el padrón electoral provisorio (…) está conformado sólo por compatriotas y no es comparable con el de las elecciones 2017 que incluía a electores extranjeros con derecho a voto”.
Aquello motivó una declaración pública de los 14 integrantes de la mesa técnica conformada para fijar los cánones tras el Acuerdo por la Paz del 15 de noviembre pasado en rechazo a lo expuesto por el Servel, que pidió al Gobierno que aclare si los extranjeros pueden votar.
Uno de los miembros de dicha comisión, el abogado Sebastián Aylwin, aseguró en El Diario de Cooperativa que “el voto de los extranjeros avecindados en Chile que cumplan con los requisitos es un derecho constitucional. Cuando uno se refiere a las personas con derecho a sufragio y en derecho electoral cuando uno se refiere a la ciudadanía de una manera genérica siempre, desde la entrada en vigencia de la Constitución del 80, incluyendo los plebiscitos del 88 y del 89, ha hecho referencia a todas las personas que tienen derecho a sufragio de acuerdo a la Constitución”.
Por ello, el representante del Partido Comunes (Frente Amplio) en la mesa apuntó que durante las conversaciones en la instancia “no nos pareció relevante pronunciarnos y hacer mención alguna porque nos parecía una cuestión evidente”.
“Por lo demás, si un organismo administrativo como el Servel quisiera hacer una modificación en este punto tendría que haber consultado si es que en la discusión ya sea del acuerdo del 15 de noviembre, de la comisión técnica o de la discusión parlamentaria, se discutió de alguna u otra manera esta exclusión; y no haber hecho una interpretación que, primero, es bastante discutible, y a su vez no tiene asidero y no es suficiente para la restricción de un derecho constitucional”, criticó.
Además afirmó que la interpretación del Servel “no tiene sustento en la jurisprudencia constitucional y electoral del país”, y cuestionó que “una persona que tiene responsabilidad, como el señor Santamaría, no puede hacer estas interpretaciones en una coyuntura tan compleja como esta; necesitamos que organismos como el Servel estén a la altura de lo que estamos viviendo”.
El Servel mandó a auditar externamente dos padrones: el de los chilenos habilitados para votar (14.405.505) y el de extranjeros con más de cinco años de residencia, que serían alrededor de 350 mil.
El periodo de reclamación por el contenido del padrón partirá el 28 de enero, en el cual “las personas pueden revisar sus datos en la página www.servel.cl y hacer reclamaciones, pidiendo exclusión, inclusión o rectificaciones a la justicia electoral”, y el 26 de febrero serán publicados los padrones definitivos.