Por 128 votos a favor y 16 abstenciones, la Sala de la Cámara de Diputados aprobó las modificaciones del Senado al proyecto sobre fomento de la música chilena, para establecer los requisitos que deben cumplir los conciertos y eventos musicales que se presenten en Chile (boletín 6110).
La propuesta, que quedó en condiciones de convertirse en ley de la República, tiene como finalidad promover el desarrollo de la música y de los artistas nacionales, facilitando el acceso a los espectáculos de todo el público interesado en asistir.
En la ocasión, la Sala votó en forma separada un cambio realizado a una norma que especifica qué se entiende por conciertos y eventos musicales de carácter masivo. El texto señala que estos son aquellos que planean congregar a más de seiscientas personas de público en un lugar con la capacidad e infraestructura para este fin, excluyéndose los festivales y celebraciones efectuadas por una municipalidad. La disposición fue respaldada por 83 votos a favor, 30 en contra y 29 abstenciones.
Conforme a esta ley, los conciertos y eventos musicales de carácter masivo que se presenten en Chile deberán cumplir los siguientes requisitos:
-En los casos de preventa de entradas dirigida a un público exclusivo o preferencial, por un tiempo determinado, solo podrá comercializarse por este medio un porcentaje no superior al 50% del total de entradas puestas a disposición para la venta.
-El recinto donde se realice el evento o concierto deberá contar con espacios reservados para personas en situación de discapacidad ubicados en áreas que cuenten con visibilidad y comodidad adecuada.
-Se especifica que los conciertos que se efectúen por artistas extranjeros beneficiados con exención del IVA deberán contemplar la participación de al menos un telonero chileno, intentando promover el fomento de los talentos regionales cuando el evento se realice en una región distinta a la Metropolitana.