Con el fin de desincentivar el mal uso de los estacionamientos para personas con discapacidad y fomentar el respeto por estos espacios reservados, entró en vigencia la modificación de la Ley de Tránsito que eleva las multas para quienes utilizan indebidamente estos estacionamientos.
La sanción para quienes utilicen estacionamientos para personas con discapacidad sin acreditar que tienen algún
problema de movilidad permanente se elevo de “menos grave” a “grave”.
Quienes incurran en esta falta arriesgan multas que van entre las 1 y 1,5 UTM ($ 49.723 a 74.584.
En el caso de los reincidentes de infracciones graves, cometidas en los últimos dos años, se les impondrá el doble de la multa, la que se puede elevar hasta al triple en caso de incurrir nuevamente en dicha conducta. esto sin perjuicio de las suspensiones o cancelaciones de licencias de conductor.
Asimismo, rque los estacionamientos de recintos privados también deben cumplir con un mínimo de espacios exclusivos para este fin.
Por ejemplo, si el lugar tiene entre 1 y 20 estacionamientos, debe contar con al menos uno exclusivo para personas con discapacidad.