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Domingo, Octubre 20, 2024
La Mañana por Paulina
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Comisión de Libertad Condicional de la jurisdicción de Iquique revisará 178 solicitudes

La Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Iquique revisará mañana viernes 9 de octubre – las solicitudes de 178 internos propuestas por los tribunales de conducta de las diversas unidades penales de la jurisdicción.

La comisión es presidida por el ministro Pedro Güiza Gutiérrez y la integran los jueces del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, Juan Ibacache Cifuentes y Cristian Alfonso Durruty; y del Juzgado de Garantía, Frederick Roco Alvarado y Vicente Muratori Quezada. Además del secretario (s) del tribunal de alzada, David Sepúlveda Cid.

La sesión correspondiente al segundo semestre revisará las postulaciones e informes técnicos presentados por Gendarmería respecto de 141 internos que corresponden al Complejo Penitenciario de Alto Hospicio; 32 al Centro de Cumplimiento Penitenciario de Iquique; 1 del Centro de Detención Preventiva de Pozo Almonte y 4 del Centro de Educación y Trabajo de Pozo Almonte.

La instancia, que desarrolla su labor semestralmente, resuelve las solicitudes de postulantes que deben cumplir los requisitos establecidos en la ley N° 21.124 de 18 de enero de 2019, que modificó el Decreto Ley N° 321 de 1925, cuales son: 1) haber cumplido la mitad de la condena que se le impuso por sentencia definitiva, o los tiempos establecidos en los artículos 3º, 3° bis y 3° ter; 2) haber observado conducta intachable durante el cumplimiento de la condena, siendo calificado con esta conducta la persona condenada que tenga nota “muy buena”, de conformidad al reglamento del decreto ley 321, en los cuatro bimestres anteriores a su postulación, y en caso que la condena impuesta no excediere de 541 días, se considerará como conducta intachable haber obtenido nota “muy buena” durante los tres bimestres anteriores a su postulación; y 3) contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile, que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia, con el fin de conocer sus posibilidades para reinsertarse adecuadamente en la sociedad, informe que contendrá, además, los antecedentes sociales y las características de personalidad de la persona condenada, dando cuenta de la conciencia de la gravedad del delito, del mal que éste causa y de su rechazo explícito a tales delitos”.

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