La Mañana por Paulina

    Carabineros informó detenciones: robo en lugar no habitado y porte de arma de fuego

    Funcionarios de la 4ª comisaría Cavancha con apoyo de la Central Cámaras acudieron al robo de un restaurant, mientras que la Sección de Investigación Policial de la 1ª comisaría Iquique detuvo al sujeto del arma.

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    Ayer Carabineros de Iquique informó de dos detenciones realizadas. La primera fue por un robo en lugar no habitado, procedimiento que se originó cerca de la medianoche con un llamado al fono 133. Esto alertó a Carabineros de la 4ª comisaría Cavancha  para que concurrieran hasta calle Juan Antonio Ríos donde transcurría un robo a un restaurante.

    Carabineros concurrió hasta el local comercial, siendo apoyados por personal de la Central Cámaras, quienes mantenían monitoreado el lugar, señalando que se encontraban 3 individuos en el recinto, quienes al ver la presencia policial huyeron del lugar.

    Sin embargo, se logró la detención de los 3 hombres a la altura de la Avda. Prat, logrando recuperar especies sustraídas que fueron avaluadas en más de 240 mil pesos.  Los imputados pasaron el viernes al control de detención por el delito de robo en lugar no habitado.

    Porte de arma de fuego, munición y peligro de la salud pública

    La segunda detención fue realizada por la Sección  de Investigación Policial de la 1a. comisaría Iquique cerca de las 2.35 horas de la madrugada  mientras realizaban un patrullaje por calle Tomás Bonilla.

    En el lugar observaron un vehículo que transitaba con las luces apagadas contra el tránsito, por lo que realizaron una fiscalización al conductor del móvil y sus acompañantes.

    Durante el control los uniformados se percataron que el conductor ocultaba entre sus vestimentas un arma y un cargador con munición, procediendo a su detención por porte de arma de fuego y munición. En tanto, las dos mujeres que lo acompañaban no portaban sus permisos para transitar en horario de toque de queda, siendo detenidas por infringir el artículo 318 del Código Penal.

    Cabe señalar que dicho artículo indica que  “El que pusiere en peligro la salud pública por infracción de las reglas higiénicas o de salubridad, debidamente publicadas por la autoridad, en tiempo de catástrofe, epidemia o contagio, será penado con presidio menor en su grado mínimo a medio o multa de seis a doscientas unidades tributarias mensuales”.

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