En una serie reciente de tres juicios orales, el Tribunal Oral en lo Penal de Iquique absolvió a tres adolescentes imputados por no acreditarse la participación de éstos en el delito por el que fueron acusados.
Todos estos casos fueron asumidos por la defensora penal pública juvenil Natalia Andrade, quien en audiencia hizo notar los factores que llevaron a que sus representados pasaran por el trance de ser involucrados injustamente en los hechos imputados.
Los procedimientos cumplieron entre 31 y 11 meses desde que se produjeron los hechos que ameritaron la investigación penal hasta el consecuente juicio oral.
Asalto y robos
La absolución más reciente fue la de J.G., de 17 años de edad a la fecha del inicio de la investigación, a quien le atribuyeron participación en un asalto en avenida La Pampa de Alto Hospicio ocurrido en agosto de 2018. En la sentencia leída el pasado viernes 26, el Tribunal Oral en lo Penal de Iquique dictaminó que la víctima sólo entregó descripciones “vagas e imprecisas” de sus atacantes, “no identificó a ningún sujeto en la primera diligencia de reconocimiento fotográfico” y tampoco concurrió al juicio oral, ante lo cual absolvió al acusado.
Otro adolescente que pasó por una vivencia similar fue L.F., de 17 años, quien fue sindicado como uno de los autores de un robo con violencia que sólo fue denunciado cinco días después. Sobre los acontecimientos, ocurridos también en Alto Hospicio en mayo de 2019, el tribunal destacó que los indicios aportados por la policía “resultaron no ser suficientes ni idóneos”.
Parecida fue la situación sobrellevada por R.M., de 17 años al momento de la denuncia, en abril de 2020, puesto que se le acusó de participar en un robo con intimidación junto a un grupo que asaltó a una familia en su domicilio. Para los jueces, el joven fue vinculado con los hechos denunciados sólo por “rasgos y características que, de acuerdo a las máximas de la experiencia, parecen comunes a muchos jóvenes de esta ciudad“.
Los magistrados remarcaron que “tales antecedentes no parecen suficientes sino más bien escasos, limitados y muy generales como para endilgarle responsabilidad en el presente delito”.