La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, compartió los argumentos de la Fiscalía Local de Antofagasta y ratificó la resolución del Juzgado de Garantía y confirmó la máxima medida cautelar de prisión preventiva a los imputados P.E.V.E y A.V.R.V., formalizados en marzo del 2021. El primero, por su presunta autoría en estado de ebriedad, sin licencia de conducir, con resultado de muerte y el segundo, por los delitos de manejo en estado de ebriedad con resultado de muerte, huir del lugar (sin prestar ayuda ni dar aviso a la autoridad) y poner en peligro la salud pública.
Cabe recordar, que el primer caso ocurrió el pasado 27 de marzo, alrededor de las 19.50 hrs., cuando el imputado P.E.V.E, conducía bajo los efectos del alcohol y al llegar a la calle Orione con Avda. Bonilla, no respetó la luz roja de un semáforo, colisionando el vehículo del imputado J.A.M.M, quien manejaba en estado de ebriedad. Producto del impacto por la colisión, atropella a la víctima y dos vehículos más que estaban estacionados.
Al respecto, el imputado P.E.V.E. no detuvo la marcha, no prestó ayuda ni avisó a la autoridad del accidente, dándose a la fuga del lugar, siendo posteriormente detenido por personal de Carabineros en su domicilio. Cabe precisar, que ambos imputados transitaban en la vía pública sin permiso o salvoconducto.
En el segundo caso, el imputado A.V.R.V. fue formalizado por manejo en estado de ebriedad y sin licencia de conducir, cuyo acompañante, la víctima, salió eyectado del vehículo falleciendo en el lugar, por traumatismo cráneo encefálico. Delito acontecido el 28 de marzo del 2021, alrededor 12:30 hrs., en Avda. Pérez Zujovic frente a la Poza de Los Curas.
Al respecto, el abogado de la Fiscalía Regional de Antofagasta y quien llevó adelante la audiencia de apelación ante la Corte, José Troncoso, comentó que “la Corte de Apelaciones argumentó que existen presunciones fundadas de responsabilidad de ambos imputados por los hechos de la formalización. Asimismo, estimó que la libertad, para ambos imputados, constituye un peligro de la seguridad de la sociedad por la gravedad del hecho y las penas asignadas por la ley”.
En ese sentido, el abogado Troncoso añadió que “ambos imputados arriesgan una pena de crimen, pues la Ley Emilia aumentó la pena a los conductores que se desempeñan al volante en estado de ebriedad hasta 10 años de privación de libertad cuando provocan la muerte de una persona como ha ocurrido en estos dos lamentables casos. La labor de Carabineros y su Sección de Investigación de Accidentes del Tránsito (SIAT) han permitido determinar rápidamente las causas de los accidentes, las cuales son atribuibles al desempeño humano bajo deficientes condiciones físicas a causa de la ingesta de alcohol”.