La Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó este martes el proyecto muerte digna y cuidados paliativos; se despachó al Senado para que continúe con su segundo trámite legislativo.
Este proyecto busca regular los derechos y deberes “que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud“, con el objeto de permitir la muerte digna o eutanasia.
Con esto, se consagra el derecho de los pacientes a no padecer dolores o sufrimientos intolerables, evitar la prolongación artificial de la vida y a solicitar la asistencia médica para morir.
En ese sentido, la iniciativa establece que “solamente aquel que ha sido diagnosticado de un problema de salud grave e irremediable, tiene derecho a decidir y solicitar, de acuerdo con los requisitos y formas establecidas en la ley, asistencia médica para morir”.
Requisitos para solicitar la asistencia para morir:
- Haber sido diagnosticado de un problema de salud grave e irremediable (conforme a las definiciones que establece esta ley, ver primera lámina) por dos médicos especialistas en la enfermedad o dolencia que motiva la solicitud.
- Tener la nacionalidad chilena o residencia legal en Chile, o certificado de residencia que acredite un tiempo de permanencia en territorio chileno superior a doce meses.
- Ser mayor de 18 años, sin admitir excepción alguna.
- Encontrarse consciente al momento de la solicitud. En caso de que el paciente se encuentre inconsciente y dicho estado sea irreversible o esté privado de sus facultades mentales, procederá la asistencia médica para morir solo si media una declaración que conste en un documento de voluntad anticipada.
- Contar con la certificación de un médico psiquiatra que señale que al momento de la solicitud el solicitante se encuentra en pleno uso de sus facultades mentales, descartando enfermedades de salud mental que afecten la voluntad del paciente.
- Manifestar su voluntad de manera expresa, razonada, reiterada, inequívoca y libre de cualquier presión externa.