La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección presentado en contra de la administración de la comunidad del edificio Sacramentinos III, ubicado en calle Eleuterio Ramírez de la comuna, que impuso restricciones de ingreso de visitas debido a la emergencia sanitaria.
El fallo fue unánime en la Tercera Sala del tribunal de alzada, el cual acogió la acción constitucional, en consecuencia, dejó sin efecto toda medida restrictiva adoptada por la parte recurrida.
El tribunal argumentó que dichas medidas no se encuentran previstas en el reglamento de la comunidad y son atentatorias al derecho de propiedad al coartar el uso y goce de los inmuebles.
“La Ley de Copropiedad Inmobiliaria no otorga al Comité de Administración facultades que le permita restringir el ingreso de terceros visitantes a las respectivas unidades, conducta ilegal que, sin duda, perturba el derecho de propiedad garantizado en el N° 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, respecto del recurrente, desde que le coarta el uso y goce de la cosa inmueble de que es dueño”, indica la resolución.
Cabe recordar, que el hecho el cual se reprocha ocurrió en diciembre de 2020, donde el “el recurrente encontró dentro de uno de los ascensores de la comunidad un comunicado, un aviso en el que se señalaba a los residentes del edificio que las visitas, mientras se encuentren en fase 2, estaban prohibidas los fines de semana”.
Además, en el comunicado que se menciona en el fallo, expresaba que “sólo en casos de urgencia se haría una excepción y podrían ser recibidos en el hall central”.
Corte de Apelaciones de Santiago acoge recurso de protección y deja sin efecto restricción de visitas a edificio https://t.co/hpIyp7dBtO pic.twitter.com/tpbJlyQU3e
— Poder Judicial Chile (@PJudicialChile) May 12, 2021



