20.6 C
Iquique
Domingo, Noviembre 23, 2025
La Mañana por Paulina
InicioServel publicó las nóminas de vocales de mesa para las primarias presidenciales

Servel publicó las nóminas de vocales de mesa para las primarias presidenciales

Los designados pueden excusarse hasta el jueves 1 de julio.

Desde este sábado 26 de junio los electores pueden revisar en el Servicio Electoral de Chile si fueron designados como vocal de mesa, además de su local votación para los comicios del 18 de julio. 

Para conocer si fuiste designado entre los 82.607 electores que cumplirán esta labor en las primarias presidenciales, debes ingresar a consulta.servel.cl.

Los vocales de mesa deberán presentarse el 17 de julio para la constitución de sus mesas a las 15:00 horas en sus respectivos locales de votación.

Quienes pueden excusarse como vocal son las personas de 60 años de edad o más, mujeres embarazadas durante todo el período de gestación y padre o madre de un hijo o hija de menos de dos años. 

Como también, quienes se desempeñen como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades, y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam).

Asimismo, pueden excusarse hasta el jueves 1 de julio quienes tengan alguna de las causales consideradas en la ley:

  • Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.
  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
  • Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.
Artículos Relacionados
- Publicidad -
ISLI

Más Popular

Comentarios Recientes