La Corte Suprema no dio lugar a los recursos presentados para invalidar la sentencia que condenó al arrendatario de local y al terminal agropecuario de Iquique a pagar solidariamente una indemnización de ciento diez millones de pesos a Juan Ariel Cabezas Pereira, cónyuge de la clienta que murió aplastada por mercadería que cayó desde un montacargas, cuando ingresaba al establecimiento en julio de 2018.
En fallo unánime, la Primera Sala del máximo tribunal descartó error de derecho en la sentencia atacada, dictada por la Corte de Apelaciones de Iquique, que confirmó la de primer grado, con declaración que se aumenta el monto a pagar por concepto de daño moral.
“Que la parte demandada funda su arbitrio de nulidad expresando que el fallo cuestionado ha infringido los artículos 570, 802, 1939 y 2330 del Código Civil. Al respecto sostiene que ha acreditado que el montacargas causante del accidente estaba instalado sobre el marco de la puerta del local en cuyo exterior ocurrió el accidente, en otras palabras ‘adosado’ al mismo, por lo que éste tenía la calidad de ‘inmueble por adherencia’, según el artículo 570 del ya señalado cuerpo normativo, formando parte del recinto dado en usufructo, bienes sobre los cuales su parte, como nudo propietario, no tiene facultades para actuar en su administración, correspondiendo ésta, en primer lugar, al arrendatario del local, conforme el artículo 1939 del citado cuerpo legal. Refiere que esta omisión de la sentencia, lleva a que incurra en las erróneas conclusiones que desarrolla en su considerando Décimo Sexto”, plantea el fallo.
Cabe recordar que en el fallo de primera instancia dictado el 14 de mayo de 2020 por la jueza Patricia Shand del 2° Juzgado de Letras, acogió la demanda de indemnización de perjuicios, en contra de Marco Antonio Vergara Contardo y del terminal agropecuario de Iquique S.A., condenando a los demandados al pago de ochenta millones de pesos por concepto de daño moral causado al actor y posteriormente, la Corte de Apelaciones a elevó el monto del pago de daño moral a ciento diez millones de pesos el 14 de abril de 2021, siendo refrendado por la Corte Suprema hoy martes 21 de septiembre.
En dicha oportunidad, el abogado Herman Encina Castillo, en representación del demandante expuso que el 05 de julio de 2018, siendo cerca de las 14:30 horas, Yazmín Flores Escudero, 38 años, ingeniera, madre de 2 hijos y cónyuge de Juan Ariel Cabezas Pereira, caminaba por el sector del estacionamiento, correspondiente a la parte trasera del local N°30, primera rampa del terminal agropecuario de Iquique, a fin de realizar compras de mercadería para su almacén. Al intentar ingresar al local comercial, desde la parte superior de la puerta cayeron innumerables paquetes de 10 kilos de arroz cada uno, los que estaban instalados en un sistema de montacargas, impactándola con la fuerza propia de la caída, provocándole la muerte.