En la jornada del martes, el Juzgado de Familia de Santiago rechazó el recurso de nulidad presentado por el candidato presidencial Franco Parisi, bajo el contexto de un proceso por deuda de pensión alimenticia.
Según un reportaje realizado por Canal 13, el abanderado del Partido de la Gente mantiene una deuda de $207 millones en pensiones de alimentos de sus dos hijos mayores, situación por la que mantiene una orden de arraigo nacional. Esta última medida fue confirmada por el propio candidato.
Según declaró Parisi, su abogado le habría dicho que “se va a levantar, así que no hay problema con eso. Es una orden de arraigo bastante rara, porque yo estoy fuera de Chile (…) es bastante curioso”. “Yo puedo entrar sin ningún problema a Chile, soy una persona completamente libre“, sentenció.
Al respecto del caso, el Tribunal desestimó todos los argumentos del candidato, tales como que no había sido notificado. “La obligación de informar el domicilio correcto, no la tenían los alimentarios, sino el propio alimentante quien debió informar al tribunal todo cambio de domicilio dentro del plazo de 30 días desde que se produjo, bajo sanción de aplicar una multa”, indica el juzgado.
“El incidentista argumenta que existe afectación de sus derechos por el arraigo decretado. Frente a esta alegación se ha tenido presente que los alimentarios desde el año 2016 han realizado peticiones de cobro de las obligaciones de alimentos en múltiples ocasiones, se ha requerido todas las medidas posibles para el cobro, sin que las cartolas de cuentas bancarias donde se debió efectuar el pago según la escritura registren que la obligación se cumplió por completo”, agrega el documento.
Finalmente, el texto explica que “al respecto el artículo 1698 del Código Civil hace de cargo del deudor comprobar el pago, a los alimentarios acreditar la existencia de la obligación –justificado en la causa- y el artículo 14 de la ley 14908 obliga a adoptar incluso de oficio los apremios personales advertida la existencia de un incumplimiento”.