La Mañana por Paulina

    Confirman condena a carabinero en retiro por secuestro calificado en oficina Pedro de Valdivia

    La sentencia condenó al suboficial en retiro de Carabineros Arturo Óscar Contreras Tamayo a la pena de 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva, en calidad de cómplice del delito de secuestro calificado del dirigente sindical Vitalio Orlando Mutarello Soza.

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    La Corte Suprema rechazó el recurso extraordinario que pretendía anular la sentencia que condenó al suboficial en retiro de Carabineros Arturo Óscar Contreras Tamayo a la pena de 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva, en calidad de cómplice del delito de secuestro calificado del dirigente sindical Vitalio Orlando Mutarello Soza. Ilícito cometido a partir de septiembre de 1973, en la oficina salitrera Pedro de Valdivia, comuna de María Elena, provincia de Tocopilla, región de Antofagasta.

    En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Haroldo Brito, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos, María Teresa Letelier y el abogado integrante Ricardo Abuauad– descartó error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó la resolución que condenó a Contreras Tamayo como cómplice del delito, al descartar que haya tenido una participación directa en los hechos.

    “En tal sentido, y habiéndose determinado como un hecho de la causa que el acusado Contreras Tamayo no tuvo una participación directa en los hechos, sino que cooperó a la ejecución de los mismos por actos anteriores o simultáneos, la conclusión arribada en el fallo en revisión –acerca de su grado de participación–, resulta acertada, descartándose con ello la existencia del error de derecho denunciado por el querellante en su primer acápite de casación en el fondo”, explica la resolución.

    En el aspecto civil, se confirmó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización total de ciento treinta millones de pesos por concepto de daño moral, a familiares de la víctima.

    Los hechos

    Los hechos establecidos en el fallo de  primera instancia por el ministro en visita Mario Carroza indican que en 1973, la comisaría de María Elena, tenía bajo su mando a la subcomisaría del Campamento Pedro de Valdivia. Ésta última al mando del capitán Gerardo Maluje Abraham y como segundo el teniente Osvaldo Aniceto Muñoz Sanhueza, además de otros suboficiales que estaban a cargo de los carabineros de la Subcomisaria, como lo fue el sargento 1° Arturo Contreras Tamayo, quienes allanaron, detuvieron, encerraron e interrogaron bajo tortura a personas vinculadas políticamente con el gobierno anterior y que en este caso, correspondían varios de ellos a personas que prestaban servicios a la Oficina Salitrera Pedro de Valdivia de la empresa SOQUIMICH.

    El jefe de la unidad tuvo un participación activa en esta represión política, ya que se encargó de efectuar llamados por los medios de comunicación para que dirigentes sindicales de SOQUIMICH se entregaran voluntariamente y prestaran declaración ante ellos. Ante esta petición y en la idea que aquellos agentes del Estado que dirigían la unidad policial de la época eran rectos y confiables en su investidura de autoridades de la zona, ya que tenían el deber de velar por la seguridad de toda la población, Vitalio Orlando Mutarello Soza decide presentarse en forma voluntaria el día 12 ó 15 de septiembre de 1973, siendo presidente del Sindicato de Obreros de la Oficina Salitrera.

    De esa entrega voluntaria que hizo Vitalio Mutarello a las autoridades policiales de la subcomisaría de Carabineros del Campamento Pedro de Valdivia, como de su recepción y detención en la guardia de la unidad policial, hubo numerosos testigos y fue reconocido por las propias autoridades. Sin embargo, desde entonces se deja de tener noticias de su paradero y tampoco pudo esclarecerse su muerte.

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