El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique condenó a Mirko Andrés Castillo Andrade a la pena de 12 años de presidio, y a Jonathan Josué Corimanya Hanco a la pena de 5 años y un día de presidio, en calidad de autores del delito de homicidio perpetrado en febrero de 2019 en el sector de Bajo Molle de Iquique.
El tribunal dio por acreditado, que el 9 de febrero del año 2019, aproximadamente a las 5:25 horas, los acusados Jonathan Corimanya Hanco y Mirko Castillo Andrade, más un tercer individuo no identificado, llegaron hasta dicho sector, advirtiendo que la víctima Juan Gutiérrez Mamani se encontraba a bordo de un vehículo estacionado frente al local nocturno “El Castillo” situado en avenida la Tirana.
Debido a problemas anteriores y previamente concertados, Corimanya Hanco se posicionó con el vehículo que conducía próximo al automóvil en que estaba la víctima. Es así que Castillo Andrade en compañía del tercer individuo, quien lo seguía de cerca, se bajan y aproximan al afectado.
Acto seguido, a cercana distancia de la víctima, Mirko Castillo extrajo desde sus vestimentas un arma de fuego con la que apuntó directamente a la víctima, realizando al menos dos disparos, uno de los cuales impactó en su cabeza. Ambos sujetos huyeron en dirección al vehículo donde esperaba Corimanya, dándose a la fuga.
Producto del impacto por bala, la víctima resultó con un traumatismo encéfalo craneano abierto complicado explicable por agresión con arma de fuego, lo cual le causó la muerte.
Argumentos de la sentencia
Para la determinación de la pena, el tribunal explica que “por no concurrir causales que puedan modificar la responsabilidad penal del acusado Mirko Castillo, en consideración a lo dispuesto en el artículo 67 del Código Penal, es posible recorrer toda la extensión de la pena, la que se fijará, de acuerdo a la acción que realizó para dar muerte a la víctima, prácticamente de frente a una distancia cercana, de improviso y con una actitud decidida para dispararle en la cabeza (…)”.
“Mientras, para Jonathan Corimanya, en atención a que concurren dos causales de atenuación de responsabilidad criminal, se rebajará la pena en un grado a la de presidio mayor en su grado mínimo, la que se fijará en su base por considerarse suficiente castigo, en orden a la actividad que realizó en el desarrollo del delito”, señala la resolución.
En fallo unánime, el tribunal aplicó, además, a Castillo Andrade y Corimanya Hanco las penas accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.