En la jornada del lunes, el Gobierno confirmó que ingresó el pasado viernes, un proyecto de ley que pretende mejorar la competencia en el mercado del gas.
Al respecto, el ministro de Energía, Juan Carlos Jobet, señaló: “Tomamos las recomendaciones de la FNE e ingresamos un proyecto de ley robusto, que busca aumentar y mejorar la competencia, para bajar los precios de este servicio básico tan importante para las familias chilenas”.
De la misma forma, en la mañana del lunes durante la sesión de la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados, el ministro afirmó que el proyecto fue ingresado el viernes 7 de enero.
Respecto de las tres líneas a trabajar por la FNE, el cuerpo legal ingresado al Congreso establece:
Reestructuración del mercado de GLP envasado:
- Desintegración completa del mercado mayorista respecto del mercado minorista:
- Mayoristas no podrán comercializar directamente al cliente final, sólo los minoristas podrán hacerlo. Las empresas actuales que participan en ambos mercados deberán elegir en cuál de estos permanecer y registrarse en la SEC como tales.
- No se permitirán contratos de exclusividad entre mayoristas y minoristas.
- No se permitirán empresas relacionadas entre mayoristas y minoristas.
- Minoristas podrán distribuir cilindros de diversas marcas mayoristas (multimarca) o cilindros propios en caso de registrarse como minoristas de marca propia.
- Minoristas serán responsables de la calidad de servicio al cliente final.
- Mayoristas deberán dar acceso abierto a minoristas de marca propia a plantas de envasado de GLP.
Perfeccionamiento del mercado de gas natural de red:
- Se indican los casos en que procede garantizar acceso abierto a redes y se establece un procedimiento detallado para la solicitud y otorgamiento de dicho acceso abierto.
- Obligación de acceso abierto para gasoductos y terminales de GNL.
- Se extenderá acceso abierto a redes de distribución para abastecer a grandes clientes, negociado entre partes, pero con resolución de controversias mediante un Panel de Expertos.
- Se reemplazará el artículo duodécimo transitorio actual de la Ley N° 20.999, de manera tal de corregir la situación de Metrogas y el contrato con su empresa relacionada.
- Se mantiene exigencia de licitaciones públicas supervisadas por la CNE para contratos de aprovisionamiento de gas entre empresas relacionadas. Para los contratos existentes a la fecha, se establece que el chequeo de rentabilidad deberá considerar la rentabilidad resultante de todo el grupo económico verticalmente integrado.