El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica condenó a Pedro Luis González Maldonado a la pena única de 15 años de presidio efectivo, en calidad de autor de los delitos consumados de estupro reiterado y violación, perpetrados entre marzo y agosto de 2018, en la ciudad.
El tribunal dio por acreditado que durante febrero de 2018, cuando la menor tenía 14 años de edad, inició una relación sentimental con Pedro González, sabiendo éste la edad de aquélla. Posteriormente, en marzo, ambos se fueron a vivir juntos a un domicilio del sector Los Volcanes de Arica, donde vivía la madre de González Maldonado. En ese lugar empezó a agredirla en forma constante y frecuente y comenzó a mantener relaciones sexuales con la menor, abusando del grave desamparo en que ésta se encontraba; situación que se prolongó hasta el término de la relación de pareja, a fines de agosto de 2018.
Asimismo, el día 24 de mayo de 2018, en la vía pública, en calles Barros Arana con Pasaje 11, el acusado Pedro González comenzó a agredir a la menor de edad con golpes de puños y de pies, causándole lesiones consistentes en contusión facial derecha, equimosis muslo izquierdo, erosión cervical derecha, contusión labio inferior, policontusa, según el registro de atenciones de urgencia del hospital local.
En otra oportunidad, el día 1 de julio de 2018, en horas de la mañana, en un sector de avenida Azolas, en Arica, en las inmediaciones de un ruco, el acusado golpeó a la víctima y producto de esta agresión, la adolescente resultó con lesión superior en mucosa de labio superior y contusión nasal de carácter leves según el registro de atención de urgencia del hospital local.
Posteriormente, la pareja residía en una habitación en el campamento Coraceros de Arica y allí Pedro González, en una fecha que se ubica entre el 1 de julio de 2018 y fines de agosto de 2018, penetró vaginalmente a la menor de edad mediante la fuerza.
Penas accesorias
En fallo unánime, el tribunal aplicó, además, González Maldonado las penas accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
Asimismo, el condenado deberá dar cumplimiento a las accesorias especiales de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa; la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal, y la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad.
En la causa, el tribunal también condenó a González Maldonado a dos penas de 300 días de presidio, por su responsabilidad como autor ejecutor de dos delitos consumados de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, perpetrados en la comuna en mayo y de julio de 2018.