Durante la madrugada del jueves, el pleno de la Convención Constitucional (CC) votó en particular el “Informe de Reemplazo” y el “Informe de segundas propuestas” de la Comisión de Sistemas de Conocimiento, Cultura, Ciencia, Tecnología, Artes y Patrimonio.
Los informes abordaban temas relacionados al derecho a la comunicación, la concentración de los medios y los derechos culturales.
De las normas aprobadas, destaca el artículo 2 que consagra la libertad de prensa, dicha norma logró 119 votos a favor, 8 en contra y 22 abstenciones.
El artículo, establece que “el Estado debe respetar la libertad de prensa, promover el pluralismo de los medios de comunicación y la diversidad de información. Se prohíbe la censura previa”.
Además, se aprobó el artículo 19, que estipula que es “deber del Estado, promover y participar del desarrollo de las telecomunicaciones y tecnologías de la información”.
La norma obtuvo 113 votos a favor, 14 en contra y 21 abstenciones, por lo que será parte del borrador de la nueva Constitución.
Sin embargo, el artículo 10 que aborda la “Identidad e integridad cultural” y que señala que “los pueblos originarios tienen derecho a la identidad e integridad cultural y a que se reconozcan y respeten sus formas de vida y transformación del conocimiento”, no logró ser aprobada, tras faltarle solamente un voto.
Por otro lado, desde el “Informe de Reemplazo”, que contiene normas rechazadas de su primer documento, pero que alcanzaron la mayoría simple para ser revisadas y perfeccionadas en la instancia, destacó la aprobación del artículo 3 que tiene relación a la concentración de los medios de comunicación, dicha norma alcanzó 112 votos a favor, 27 en contra y 14 abstenciones.



