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Convención Constitucional rechaza creación de un Consejo Nacional de Comunicaciones y Sistema Nacional de Medios Públicos

Durante la jornada del pasado miércoles, la Convención Constitucional votó el tercer informe de la Comisión sobre Sistemas de Conocimientos, Culturas, Ciencia, Tecnología, Artes y Patrimonios.

El informe contiene 30 artículos que abordan materias en relación con la creación del Consejo Nacional de Comunicaciones, el derecho a la desobediencia civil, el acceso a la información, el derecho a la muerte digna, entre otros.

En la instancia, el pleno de la Convención rechazó el artículo 6°, que buscaba crear un Sistema Nacional de Medios Públicos y Comunitarios “para asesorar y coordinar los diversos medios de comunicación, que fortalecerá los medios regionales, locales, comunitarios e indígenas”.

De igual forma fue rechazado el artículo 4°, sobre el Consejo Nacional de Comunicaciones, que indica que “existirá un órgano de carácter autónomo y técnico, encargado de proteger y promover el derecho a la conectividad y la comunicación social en sus diversos soportes tecnológicos”.

También fue rechazado el artículo 7° que tiene relación con la creación de un Consejo Nacional de Bioética, que según el texto de la norma será un órgano “que tendrá, entre sus funciones, asesorar a los organismos del Estado en los asuntos bioéticos que puedan afectar a la vida humana, animal, la naturaleza y la biodiversidad”.

Misma suerte tuvo el artículo 28° que indica que toda persona tendrá derecho a la desobediencia civil contra una autoridad que incumpla con lo establecido en esta Constitución o estuviese vulnerando los derechos humanos reconocidos en la Carta Magna.

Por otro lado, se aprobó y pasó al borrador de la nueva Carta Magna el inciso primero del artículo 5°, que trata sobre los medios de comunicación públicos. La norma indica que “existirán medios de comunicación públicos en distintos soportes tecnológicos, que respondan a las necesidades informativas, educativas, culturales y de entretenimiento de los diversos grupos de la población”.

Asimismo, el pleno aprobó el artículo 29° sobre el derecho a la muerte digna de todas las personas, aunque rechazó y devolvió a su comisión de origen el inciso que señalaba que “la Constitución asegura el derecho de las personas a tomar decisiones libres y autónomas sobre su vida”.

Cabe recordar que los artículos que no alcanzaron los 103 votos de los convencionales y fueron rechazados en la jornada de ayer, serán devueltos a la comisión para que se elabore un informe de reemplazo.

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