La Corte de Apelaciones de Iquique acogió recursos de protección presentados en contra de isapres por alza unilateral de los planes de salud de afiliados, quienes comenzaron a ser notificados del aumento en marzo recién pasado.
En fallos unánimes, la Primera Sala del tribunal, acogió las acciones deducidas tras establecer que el alza generalizada se torna arbitraria y afecta directamente el derecho de propiedad de los recurrentes.
Desde la Corte, señalaron que el hecho vulneratorio calificado como ilegal y arbitrario por el actor, consiste en el alza unilateral efectuada por la Isapre de un promedio de 7,60% sobre el precio base de su plan de salud, el que no aparece revestido de la necesaria racionalidad y fundamento.
Según el tribunal de alzada, “No obstante lo anterior, resulta menester observar que dicha presunción de justificación no resulta aplicable de manera generalizada, ni beneficia a tabla rasa, a las instituciones de Salud Previsional, toda vez que estas deben necesariamente justificar el alza pretendida de manera fehaciente y pormenorizada, de modo que su decisión posea la fundamentación adecuada en relación al porcentaje en que han optado incrementar el precio base del plan de salud de cada afiliado, a fin que su resolución aparezca como el resultado de un justo tamiz de las circunstancias de cada caso y no como una decisión gratuita o meramente discrecional, en el sentido de carecer de la necesaria motivación o basamento”.
Asimismo, indicaron que el actuar de la Isapre recurrida se torna arbitrario y afecta directamente el derecho de propiedad de la actora, garantizado en el artículo 19 N° 24 de la Constitución Política.
Cabe destacar que a la fecha, se registra un ingreso total de 1.024 recursos de protección, en su mayoría por adecuación del precio del plan de salud.