Este martes se publicó en el Diario Oficial la nueva ley que endurece las sanciones contra las carreras clandestinas de automóviles motorizados, quienes arriesgan hasta una multa de hasta 1,2 millones de pesos.
La nueva normativa establece que las actividades ilegales corresponden a carreras que se efectúen contra otros vehículos, contra reloj o cualquier otro dispositivo para medir el tiempo, carreras para medir velocidades máximas hasta llegar o pasar un punto, meta o destino determinado.
También se contempla las competencias de destrezas, deslizamientos o derrapes y las competencias de maniobras o de velocidad que pongan en peligro la vida o la integridad física de terceras personas.
Además, la ley señala que la persona que conduce el vehículo puede tener penas de presidio menor en su grado mínimo o ser multado de entre dos a diez unidades tributarias mensuales. Sin embargo, en caso de causar disturbios o lesiones, las sanciones pueden llegar hasta los 3 años de cárcel con multas de ocho a veinte unidades tributarias mensuales.
A partir de hoy sobrepasar en 60 kilómetros por hora la velocidad máxima, tanto en ciudad como en carretera, será delito con prisión en su grado máximo, multa y suspensión de licencia entre 6 meses y 5 años, dependiendo de la cantidad de veces que la persona es sorprendida cometiendo este delito.
Por ejemplo, transitar en ciudad a 110 o en carretera a 160 o 180 (dependiendo de la velocidad máxima de la carretera).
Sobre la nueva normativa, el ministro de Transportes y Telecomunicaciones, Juan Carlos Muñoz, afirmó que “en promedio, cinco personas pierden su vida cada día en un siniestro vial en nuestro país”.
“Como Gobierno, pero también como sociedad, debemos hacernos cargo de estas cifras, por esto la importancia de tener una ley que fortalezca las sanciones contra las carreras clandestinas”, agregó.
Asimismo, indicó que “los límites de velocidad vienen acompañados de una serie de medidas que endurecen las penas a los infractores para quienes los sobrepasen en forma excesiva (por más de 60 km/h), como, por ejemplo, la suspensión de la licencia de conducir entre seis meses a dos años”.
¡Avanzamos en + seguridad para nuestras calles! Desde hoy ya se podrá sancionar la participación y organización en carreras clandestinas. Además, bajo el concepto de "velocidad temeraria" se penalizará a quienes excedan los límites de velocidad sobre los 60 km/h de lo permitido. pic.twitter.com/vI2k0wf7MK
— Juan Carlos Muñoz Abogabir (@JuanCaMunozA) October 4, 2022