La Mañana por Paulina

    Diario Oficial publicó prohibición de aprovechamiento de aguas en la Laguna Lagunillas de Tarapacá

    El documento indica que "no resulta oportuna una declaración de área de restricción para el acuífero, sino que más bien, dada la sobreexplotación de este, se procedió a declarar zona de prohibición".

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    Este miércoles, tras su publicación en el Diario Oficial, comenzó a regir la resolución de la Dirección General de Aguas que prohíbe nuevas explotaciones de agua en la laguna Lagunillas, al interior de la región de Tarapacá.

    De esta forma, a partir de hoy no se podrán constituir nuevos derechos de aprovechamiento, ya sean definitivos o provisionales, y se deberá prohibir cualquier nueva explotación de derechos, tanto para las aguas de la Laguna como las subterráneas.

    Además, los actuales titulares de derechos de aprovechamiento de agua en laguna Lagunillas quedan obligados a instalar y mantener un sistema de medición de caudales y volúmenes extraídos.

    La resolución firmada por el director general subrogante de Aguas del Ministerio de Obras Públicas, Cristián Núñez Riveros, señala que se deja constancia que la delimitación de la zona de prohibición se encuentra representada geográficamente en uno de los mapas del Departamento de Administración de Recursos Hídricos, denominado como una Zona de Prohibición Sector Hidrogeológico de Aprovechamiento Común Laguna Lagunillas.

    Cabe señalar que este acuífero contiene una disponibilidad total de no más de 2.440.620 metros cúbicos por año y la demanda comprometida al 15 de marzo de este año supera los 9.000.000 de metros cúbicos, por lo tanto, de una manera de no seguir comprometiendo con creces toda la disponibilidad del recurso hídrico. 

    En ese sentido, el documento indica que no resulta oportuna una declaración de área de restricción para el acuífero, sino que más bien, dada la sobreexplotación de este, se procedió directamente declarar como una zona de prohibición.

    Fallo Tribunal Ambiental 

    Ya en agosto del 2021, el Primer Tribunal Ambiental ordenó a la empresa Minera Cerro Colorado de BHP detener extracción de agua del acuífero de Lagunillas

    A juicio del Tribunal, los antecedentes entregados en la demanda, entre los que están informes de la Dirección General de Aguas, DGA, constituyen una “presunción grave” de los hechos denunciados, por lo que “existe la necesidad de impedir que los efectos adversos de la extracción de aguas subterráneas que mantiene la empresa minera sobre el acuífero Lagunillas se sigan manifestando y agudizando”.

    La medida cautelar, interpuesta en ese época, tenía como fin impedir los efectos negativos de los actos o conductas sometidas a su conocimiento y se fundamenta en el fallo que ya fue dictado por el Segundo Tribunal Ambiental el 2019 a través del cual se anuló parcialmente la Resolución de Calificación Ambiental, RCA, del proyecto “Continuidad Operacional Cerro Colorado”, lo que posteriormente fue ratificado por la Corte Suprema.

     

     

    Revisa esta resolución publicada en el Boletín del Diario Oficial Aquí

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