La Corte Suprema acogió el recurso de protección y ordenó a la Municipalidad de Iquique cesar de inmediato el depósito de residuos domiciliarios en el vertedero El Boro e iniciar de inmediato el proceso de cierre del relleno sanitario.
En la sentencia, la Tercera Sala del máximo tribunal dio plazo de 30 días al municipio para completar el compactado y sellado de la totalidad de la basura depositada y presentar el plan de cierre definitivo del relleno, cuya continuidad operativa “ha puesto en peligro la vida y salud de los vecinos de Iquique y Alto Hospicio”.
La corte detalló en el fallo que tras analizar los antecedentes, la Municipalidad de Iquique no ha dado cumplimiento a sus obligaciones legales y reglamentarias en su calidad de titular del relleno sanitario.
Según el máximo tribunal, “ha quedado en evidencia que se ha continuado depositando residuos en el vertedero ya cumplido su plazo de término; además, determinó que la Municipalidad de Iquique no ha cumplido con la obligación de compactar y sellar diariamente la basura que se deposita en el vertedero y que, meses después del término de recepción de residuos domiciliarios”.
De este modo, el fallo indica que el municipio “no ha presentado plan de cierre del relleno sanitario ni cuenta con fecha para ello”, pese al continuo emplazamiento que han realizado la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Tarapacá y la Superintendencia del Medio Ambiente, instituciones que han cursado fiscalizaciones e investigaciones por los hechos denunciados.
Además, la resolución señala que la Municipalidad de Iquique ha afectado las garantías constitucionales de los recurrentes, al verse afectados por las consecuencias del mal manejo y falta de cierre y sellado del vertedero El Boro, con presencia de vectores contaminantes como plagas de insectos, de roedores, emanación de gases tóxicos y, derivado de ello, los incendios que se produjeron en la época estival y que generaron nubes tóxicas sobre la comuna de Alto Hospicio, lo que amerita que el cierre del relleno sanitario.
“Que por medio de sus incumplimientos, la Municipalidad de Iquique ha afectado las garantías constitucionales de los recurrentes contenidas en los numerales 1 y 8 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, al verse afectados por las consecuencias del mal manejo y falta de cierre y sellado del vertedero ‘El Boro’”, sostiene el fallo.
Por tanto, la Corte Suprema ordenó a la Municipalidad de Iquique “cesar el depósito de residuos en el vertedero, completar el compactado y sellado de la totalidad de los residuos existentes en la actualidad, y presentar, dentro del plazo de 30 días de dictada la sentencia, el plan de cierre del Relleno Sanitario El Boro y dar inmediato inicio a su ejecución”.
La sentencia fue dictada por la Tercera Sala del máximo tribunal, integrada por los ministros y ministras Sergio Muñoz, Adelita Ravanales, Mario Carroza, Jean Pierre Matus y el abogado (i) Pedro Águila. Voto en contra el ministro Matus, quien estuvo por confirmar sentencia en alzada.