La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el recurso de amparo presentado por la defensa de Jorge Escobar, tío abuelo de Tomás Bravo y el único imputado por la muerte del menor.
La acción judicial pretendía dejar sin efecto la reformalización de Escobar, por el delito de abandono de menor con resultado de muerte, instancia en que se decretó la medida cautelar de arraigo nacional en su contra y se solicitó una audiencia de apercibimiento para cerrar la investigación.
Rodrigo Cerda San Martín, redactor del fallo, explicó que “lo que se determinó fue que el plazo de cierre de la investigación no genera efectos de pleno derecho, sino que es necesario que se realicen una serie de actuaciones posteriores por parte de los intervinientes interesados, en este caso la defensa, y que tienen que ver con el apercibimiento”.
El fallo de la Corte de Apelaciones afirma que “no se ha afectado de un modo relevante el derecho de defensa del amparado, pues en esencia los hechos de la reformalización ya se encontraban descritos, someramente, en la formalización original, aunque con una calificación jurídica diversa”.
Además, indica que “con fecha 20 de enero de 2023, se presentó y declaró admisible una querella criminal por el delito de abandono de menor en lugar solitario con resultado de muerte, de modo que ya era parte de la investigación”.
En ese sentido, el documento señala que “se rechaza la acción constitucional de amparo presentada a favor de Jorge Eduardo Escobar Escobar en contra de la Jueza de Garantía de Arauco”.