Consejo Constitucional resuelve no efectuar consulta indígena a normas que afectan a pueblos originarios

La determinación surge luego de la reunión de los comités que conforman el órgano en las dependencias del Congreso en Santiago.

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Este miércoles el Consejo Constitucional decidió no realizar una consulta indígena, esto luego de una votación en la que los integrantes de las bancadas de oposición se manifestaron en contra y se impusieron con la mayoría de los votos. 

La determinación surge luego de la reunión de los comités que conforman el órgano en las dependencias del Congreso en Santiago. En detalle, por 33 votos contra 17, los consejeros del Partido Republicano, Unión Demócrata Independiente, Renovación Nacional y Evópoli, rechazaron la realización de una consulta indígena.

La iniciativa fue promovida por el consejero mapuche Alihuén Antileo, único representante de los pueblos originarios de la instancia, quien a su vez solicitó un pronunciamiento a la mesa directiva. En concreto, se buscaba determinar si el órgano redactor debía realizar una consulta acerca de las tres normas que afectan de forma directa a los pueblos originarios.

A su vez, Antileo calificó como “un portazo en la cara” la negativa de los consejeros de derecha, que se produjo tras la solicitud del propio abogado, quien además pidió que se oficiara al Ministerio de Desarrollo Social para que se pronunciara sobre “la procedencia jurídica” de llevar a cabo una consulta.

En tanto, a través de un oficio de la mesa directiva, liderada por la consejera republicana, Beatriz Hevia, se respondió a Antileo que “el proceso de redactar una nueva propuesta constitucional no constituye una medida administrativa o legislativa, ni es el Consejo Constitucional el órgano competente para llevar a cabo una consulta indígena en los términos del Convenio N°169 de la Organización Internacional del Trabajo”.

Lo anterior, en respuesta a la recomendación en torno a la consulta por Subsecretaría de Servicios Sociales del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, desde donde señalaron hace algunos días que era “procedente la realización de un proceso de consulta respecto de los contenidos del anteproyecto susceptibles de afectar directamente a los pueblos indígenas”.

Asimismo, el Consejo Constitucional sostuvo que “no es la entidad competente” para desarrollar la consulta indígena, ya que el órgano constitucional en cuestión “posee una naturaleza constitucional especial, que no se identifica con un órgano constitucional autónomo ni con el poder constituyente derivado ni mucho menos forma parte de la administración del Estado o del gobierno. 

“No cabe encasillar al Consejo Constitucional en ninguna de las categorías aludidas, precisamente porque se trata de un órgano excepcional, de carácter temporal y cuya única misión es la de redactar una propuesta de texto de nueva Constitución”, agregaron.