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Dictan veredicto condenatorio contra chofer de camión que atropelló y dio muerte a joven junto a su abuelo en Alto Hospicio

En este segundo juicio se decretó nuevamente la absolución del camionero respecto a la imputación que lo sindicaba como autor del delito de incumplimiento de la obligación de detener la marcha.

Este jueves el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal (TOP) de Iquique dictó veredicto condenatorio en contra de un camionero de iniciales J.A.V., en calidad de autor de dos cuasidelitos de homicidio simple y un cuasidelito de lesiones graves. 

El sujeto atropelló al joven de 15 años Johan Paillao y su abuelo Próspero Lay González, quienes fallecieron en el accidente ocurrido el 11 de diciembre de 2021 en la comuna de Alto Hospicio. Además, una tercera afectada resultó con una fractura expuesta de pierna derecha, de carácter grave.

En este segundo juicio que se extendió por cuatro días, el tribunal dio por acreditado tanto la ocurrencia de los delitos como la participación culpable de J.A.V. en los hechos.

Sin embargo, se decretó nuevamente la absolución del camionero respecto a la imputación formulada en su contra por el Ministerio Público que lo sindicaba como autor del delito de incumplimiento de la obligación de detener la marcha, prestar la ayuda posible y dar cuenta a la autoridad de todo accidente en que se produzcan lesiones.

“De acuerdo al suceso descrito, se ha descartado la calificación efectuada por el Ministerio Público de considerarlo constitutivo de dos delitos de homicidio simple consumados y uno frustrado, por no existir en el agente la intención de conseguir el resultado que era posible, ni bajo el conocimiento de las consecuencias que su actuar podría producir, aceptándolas”, señala la resolución.

Sobre el delito de incumplimiento de la obligación de detener la marcha, prestar la ayuda posible y dar cuenta a la autoridad de todo accidente en que se produzcan lesiones, el tribunal absolvió al acusado, argumentando que “la norma exige el conocimiento de haber ocasionado la muerte o las lesiones a que refiere, elemento que no concurre debido a que solamente conocía la posibilidad de producción del resultado mediante la realización de la conducta, el que rechaza”. 

“De modo que no es posible en base a esta premisa atribuirle el conocimiento inicial para, de manera copulativa, haberse detenido, prestar la ayuda necesaria y dar cuenta a la autoridad del suceso”, se agrega en el fallo.

La audiencia de comunicación de la sentencia, que será redactada por el magistrado Ibacache Cifuentes, quedó fijada para las 12:50 horas del miércoles 19 de junio en el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique.

Recordemos que este segundo juicio comenzó el pasado lunes 10 de junio, tras la anulación de la primera condena por parte de la Corte de Apelaciones. En el primer juicio realizado en octubre de 2022, se condenó al chofer del camión a la pena de 541 días de cárcel, con beneficio de la remisión condicional, en calidad de autor de dos cuasidelitos de homicidio y un cuasidelito de lesiones graves.

Sin embargo, el tribunal decretó la absolución de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público que lo sindicaban como autor de tres delitos de homicidio y del delito de incumplimiento de la obligación de detener la marcha, prestar ayuda y dar cuenta a la autoridad del accidente.

Chofer atropella y da muerte a joven de 15 años y a su abuelo

En el primer juicio, el tribunal dio por acreditado que alrededor de las 21:10 horas del 11 de diciembre de 2021, el acusado conducía el camión marca Mack, modelo Cxu 613, con semirremolque por la avenida Pampa Perdiz en dirección al norte de la comuna de Alto Hospicio.

Al llegar a calle Los Nogales, el acusado intentó realizar un viraje hacia la izquierda por calle Los Nogales, no pudiendo hacerlo por no contar con el espacio suficiente atendido el tamaño del camión y semirremolque que conducía, y por dos vehículos estacionados, realizando varias maniobras de retroceso el acusado, para quedar finalmente atravesado y detenido en el lugar.

Atendido lo que sucedía, concurrieron varios vecinos al lugar, entre ellos la víctima Próspero Julio Lay González posicionándose al costado izquierdo de la puerta del chofer donde iba a bordo el acusado por calle Los Nogales, en la calzada delante del vehículo estacionado ya mencionado. El chofer del camión le pidió a la víctima que parara y exigió que sacaran los autos mal estacionados en la esquina.

También concurrieron al lugar el joven Johan Paillao, Patricia Cecilia Cabas Escobar, y algunos familiares. El acusado, pese a saber que había más gente en el lugar, el espacio estrecho por el cual circulaba porque estaban mal estacionados los vehículos referidos en el cruce, habiendo intercambiado palabras con ellos, el tamaño del camión que conducía; y sabiendo que había personas en la calzada cerca del camión, en forma temeraria e imprudente, aceleró la máquina, atropellando con el semirremolque al joven de 15 años, causándole un traumatismo encéfalo craneano grave abierto, lo cual le causó la muerte.

Asimismo, atropelló a Próspero Julio Lay González, quien resultó con un politrauma, fractura de fémur, entre otras lesiones, de carácter graves en un primer momento, quedando hospitalizado y falleciendo días después. En el accidente de tránsito también fue afectada Patricia Cecilia Cabas González, quien resultó con una fractura expuesta de pierna derecha, de carácter grave.

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