Este viernes 9 de agosto, el Diario Oficial publicó el decreto del Ministerio del Medio Ambiente que declara como Santuario de la Naturaleza a la Desembocadura del Río Loa, el cual posee una superficie de 707,9 hectáreas y se encuentra entre las comunas de Iquique y Tocopilla, es decir, en las regiones de Tarapacá y Antofagasta, respectivamente.
Según el decreto, en el sector de la desembocadura, el Río Loa atraviesa el farellón costero de la Cordillera de la Costa y genera las características biológicas, químicas y físicas de un estuario con la relevancia que esto tiene para el desarrollo de flora y fauna.
“De esta manera, el Río Loa es un elemento esencial para el funcionamiento de los procesos del sistema ecológico marino costero, la diversidad genética y el mantenimiento de poblaciones que dependen en gran medida de la existencia de estos verdaderos oasis, enclavados en medio de una gran extensión de desierto”, se agrega en el texto.
El Río Loa es un elemento esencial para el funcionamiento de este ecosistema, para su diversidad genética y para el mantenimiento de poblaciones que dependen en gran medida de la existencia de estos oasis que se enclavan en medio del desierto.
La desembocadura contribuye a la conservación de la biodiversidad siendo hábitat de diversas especies. El sector presenta una gran variedad de plantas como el tamarugo (Strombocarpa tamarugo) y el algarrobo dulce (Neltuma flexuosa).
También se encuentran especies en categorías de conservación como Copiapoa Solari y el Prosopis tamarugo clasificados como “En Peligro” y el Prosopis flexuosa y el Prosopis chilensis, ambos clasificados como “Vulnerable”.
El nuevo Santuario de la Naturaleza es un hábitat de animales como el lagarto corredor de Atacama (Microlophus atacamensis), el único marsupial presente en la zona: el yaca (Thylamys elegans), la gaviota garuma (Leucophaeus modestus), el jote cabeza colorada (Cathartes aura) y la gaviota dominicana (Larus dominicanus).
“Se destaca entre los ecosistemas presentes en la desembocadura el humedal formado por el Río Loa, con remansos y una laguna, a metros de donde el Río descarga al mar, por cuanto constituye hábitat para la avifauna, y en particular para las aves migratorias”, se añade en el documento.
Plan de manejo del santuario de la naturaleza.
Tras ser declarado Santuario de la Naturaleza, la Subsecretaría del Medio Ambiente cuenta con las facultades para otorgar su administración “a quienes lo soliciten, así como para efectuar las modificaciones que resulten pertinentes, lo cual deberá realizarse mediante resolución fundada”.
Además, el santuario quedará bajo la supervigilancia y custodia del Ministerio del Medio Ambiente y en un plazo de 24 meses, desde la publicación del presente decreto, dicha cartera deberá elaborar una propuesta de plan de manejo del santuario de la naturaleza.
El plan podrá contar con participación de los propietarios responsables de su protección y deberá contener las acciones concretas para hacer efectiva la protección y conservación del área.