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Cámara de Diputados despacha a ley el proyecto que autoriza el uso de remanentes no consumidos por la pesca artesanal durante 2023

La Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados despachó a ley un proyecto que autoriza el uso de remanentes no consumidos por la pesca artesanal para cuatro pesquerías y en determinadas regiones durante 2023.

La iniciativa despachada al Ejecutivo para su promulgación como ley se respaldó por 109 votos a favor, 9 en contra y 17 abstenciones. El proyecto tuvo modificaciones en el Senado y se enmendó la extensión de la aplicabilidad de la medida. Asimismo, hubo cambios en torno a sus condiciones de extracción.

El texto autoriza, en forma excepcional, la extracción de los remanentes señalados para los recursos sardina común (Strangomera Bentincki), sardina austral (Sprattus Fuegensis) y anchoveta (Engraulis Ringens), desde la región de Arica y Parinacota a la de Los Lagos. Respecto de la merluza austral (Merluccius Australis), el rango de aplicación será entre las regiones de Los Lagos y Aysén. 

El texto también establece que la pesca artesanal podrá extraer este remanente de cuotas dentro de los 45 días efectivos de captura, siguientes al inicio de las temporadas respectivas del año consecutivo. Si dichas temporadas tuvieran inicio con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley, el plazo se contará desde su publicación en el Diario Oficial.

Otras exigencias

Adicionalmente, se exige que la pesquería no esté declarada en condiciones de agotamiento o en colapso. Ello, según lo establezca el comité científico en la determinación de estatus inmediatamente anterior. De igual modo, el traspaso de remanentes no podrá superar el 20% de la cuota global del año anterior.

También, se define que, tratándose de pesquerías sobreexplotadas, sólo se podrá extraer el remanente de cuota dentro de los 30 días efectivos de captura al inicio de la temporada siguiente. Además, no podrá superar el 15% de la cuota global del año anterior.

El diagnóstico recién mencionado deberá ser fundado por informe técnico emanado por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura. Este, a su vez, se basará en la evaluación del Instituto de Fomento Pesquero y refrendado mediante decreto exento.

Respecto de dicho remanente no serán procedentes cesiones. Ahora, las cesiones realizadas el año 2023 solo acrecerá la cuota artesanal para efectos de remanentes cuando dicha solicitud haya sido ingresada cumpliendo los requisitos legales y reglamentarios hasta el 30 de noviembre de 2023.

Si existe remanente, las capturas efectuadas en el año antes de la entrada en vigencia de la ley y las que se realicen desde ese momento se imputarán automáticamente por parte del citado Servicio a dicho remanente. Sólo una vez vencido el plazo anterior para su captura, se imputarán al año calendario en curso.

Dichas reglas serán igualmente aplicables en los casos en que la fracción artesanal de la cuota global se encuentre sometida al Régimen Artesanal de Extracción. Todo lo anterior es sin perjuicio de la aplicación de otras medidas de administración, según las reglas generales.

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