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La Mañana por Paulina
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Cámara de Diputados aprueba nueva ley que penaliza actos terroristas 

Entre sus normas está lo que se entiende por asociación terrorista y se expone un catálogo de delitos asociados y se introducen normas de investigación criminal.

La Sala de la Cámara de Diputados aprobó y derivó a tercer trámite el proyecto que busca establecer una nueva regulación que tipifique y sancione delitos terroristas, derogando de paso la normativa anterior (Ley 18.134). 

El texto, parte de la denominada “Agenda de seguridad”, se originó en el Senado, en un mensaje refundido con cuatro mociones de senadores. La idea que sustenta la propuesta es consagrar una legislación más moderna que supere las dificultades que se han evidenciado en la persecución oportuna de estos crímenes.

La nueva normativa sanciona la asociación terrorista y establece delitos y penas acordes al grado de implicación en la organización terrorista. Entre sus normas específicas, se plantea sancionar la asociación terrorista con presidio mayor en su grado mínimo.

Esta sanción aumentará a presidio mayor en sus grados mínimo a medio para quien participe en la asociación reclutando nuevos miembros o entregando entrenamiento militar, de combate o en el uso de armamento o de artefactos explosivos. Si esta última acción se realiza respecto de menores de 18 años, la pena será presidio mayor en su grado medio.

Ahora, será presidio mayor en su grado medio para quien tome parte en ella cumpliendo funciones de jefatura o ejerciendo mando en ella. También, proveyendo recursos o medios, o habiéndose fundado. La pena general podrá rebajarse en un grado respecto de quien, formando parte en una asociación terrorista, no tenga un involucramiento relevante en la organización.

Delito terrorista en asociación o individualmente

Se entenderá por asociación terrorista toda organización de tres o más personas, con acción sostenida en el tiempo, que tenga entre sus objetivos la perpetración de determinados delitos y que, entre sus fines, esté “socavar o desestabilizar las estructuras políticas, sociales o económicas del Estado democrático”.

Igualmente, imponer o inhibir alguna decisión a una autoridad del Estado democrático o cuando, por los métodos previstos para su perpetración o efectivamente utilizados, esos delitos tuviesen la aptitud para someter o desmoralizar a la población civil o a una parte de ella.

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