La Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados despachó a la Sala el Convenio Europeo sobre Extradición, el Primer Protocolo Adicional al Convenio Europeo de Extradición y el Segundo Protocolo Adicional al Convenio Europeo sobre Extradición.
En términos generales, la norma indica que la adhesión de Chile al Convenio Europeo sobre extradición y sus dos primeros Protocolos constituye un objetivo estratégico para combatir de manera más eficiente la delincuencia transnacional, entregando una nueva herramienta en la lucha contra la impunidad.
El texto legal establece, entre varios puntos, el compromiso de los 50 estados parte de entregar mutuamente a todas las personas respecto a las cuales las autoridades competentes de la parte requirente estén procesando por un delito o que sean requeridas por dichas autoridades para la ejecución de una sentencia definitiva o medida de seguridad.
Además, instituye que se podrá denegar la extradición de una persona cuando las autoridades competentes de dicho Estado estén procediendo en su contra por el o los delitos que motivaron el pedido de extradición.
Junto con ello, la norma permite la denegación de la extradición de los propios nacionales del Estado requerido, lo cual de todas maneras será una causal potestativa de rechazo, jamás obligatoria.
Convenio de Extradición
En la sesión, también se aprobó y despachó a Sala el Tratado de Extradición entre la República de Chile y la República Argentina, suscrito en Santiago, República de Chile, el 5 de diciembre de 2023.
El texto busca asegurar la acción eficaz de la justicia penal y surge de la necesidad de contar con un instrumento que modernice el marco jurídico aplicable entre ambas naciones y que reconozca las nuevas realidades delictuales.
La norma incorpora causales facultativas para la denegación de la petición de extradición. Asimismo, otorga la posibilidad de remitir requerimientos directamente entre las autoridades centrales designadas por las partes.
Además, termina con el requisito de legalización y apostilla. Junto con ello, regula de manera amplia la posibilidad de transmitir requerimientos de detención preventiva con fines de extradición a través de la Organización Internacional de Policía Internacional.
Por último, la instancia legislativa aprobó y despachó a Sala el Convenio entre el Gobierno de la República de Chile y el Consejo Federal Suizo sobre la Exención Mutua de Visas para Titulares de Pasaportes Diplomáticos, Oficiales y de Servicio, suscrito en Santiago, Chile, el 19 de enero de 2024.
La norma busca fortalecer la cooperación mutua, mediante la exención para los titulares de pasaportes diplomáticos y oficiales, del requisito de obtener un visado para ingresar al territorio del otro Estado.
Para ello, dispone que el presente instrumento se aplicará, para la República de Chile, a los pasaportes diplomáticos y oficiales; y a la Confederación Suiza, a los pasaportes diplomáticos y de servicio.