La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo de Argentina confirmó el fallo que declaraba inconstitucional un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del presidente Javier Milei a través del cual se limitaba el derecho a huelga.
La presentación judicial había sido interpuesta por la Confederación General del Trabajo (CGT) de la República Argentina en mayo pasado. El gremio ve como una victoria en los tribunales esta decisión y el fallo en primera instancia, el cual respalda el derecho a huelga.
De esta manera, la Justicia en segunda instancia declaró como inválidos los artículos 2 y 3 del decreto que declaraban como servicio esencial la marina mercante y que exigían la prestación de servicios mínimos en un 75% a una serie de actividades como el transporte de cargas y personas, la educación y los servicios de telecomunicaciones.
En el fallo, los jueces Silvia Pinto Varela y Héctor Guisado consideraron que “la mera lectura del fallo anterior permite observar que la Jueza de grado ha examinado adecuadamente los elementos aportados en la causa; lo ha hecho a la luz de las pautas que surgen de la Ley Fundamental sin que se observe arbitrariedad alguna en su decisión”.



