La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó a ley la iniciativa que fija multas para quienes incumplan con el deber de sufragar, marcando el regreso de un sistema de sanciones asociado al voto obligatorio en Chile. La medida, que modifica la Ley N° 18.700, fue aprobada por una amplia mayoría de 127 votos a favor.
El proyecto establece que quienes no concurran a votar en las próximas elecciones parlamentarias y presidenciales de noviembre deberán pagar una multa que fluctúa entre $35.000 y $103.000, equivalente a 0,5 a 1,5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM).
La ministra de la Secretaría General de la Presidencia (Segpres), Macarena Lobos, destacó que la aprobación del proyecto cumple con un compromiso del Presidente Gabriel Boric. La ministra resaltó que se logró un consenso para despachar la ley de multas.
Por su parte, el ministro del Interior, Álvaro Elizalde, recordó que la multa se había rechazado inicialmente, lo que motivó al Presidente a presentar un veto para reimpulsar la sanción. “Finalmente, se estableció una base de entendimiento que ha permitido que hoy día se despache por una amplia mayoría”, afirmó.
Además de la multa, la Cámara aprobó una reforma constitucional que eleva los requisitos para que los extranjeros puedan votar. Sin embargo, la ministra Lobos aclaró que esta medida no afectará las próximas elecciones de noviembre, sino que regirá a partir del ciclo electoral de 2026. Es decir, los extranjeros habilitados para sufragar en noviembre de este año no quedarán afectos a la multa.
Excepciones a la Sanción
El proyecto contempla exenciones para el pago de la multa, aplicables a ciudadanos chilenos que:
- Se encuentren enfermos el día de la elección.
- Estén ausentes del país.
- Se ubiquen a más de 200 kilómetros de su local de votación.
- Desempeñen funciones encomendadas por la Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.
- Acrediten otro impedimento grave ante el Juez de Policía Local.
- Sean ciudadanos con discapacidad y cuenten con la calificación y certificación respectiva.



