La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto en contra de la sentencia que acogió demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones de trabajador que se desempeñó en la faena minera Collahuasi.
En fallo unánime (causa rol 90.963-2022), la Cuarta Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros y ministras Ricardo Blanco, Andrea Muñoz, María Cristina Gajarado, Diego Simpértigue y la abogada (i) Carolina Coppo– desestimó la procedencia del recurso al no acompañar la recurrente sentencias de cotejo real.
“Se desprende del fallo de traído para efectos de cotejo, que aquel se cimienta sobre un marco fáctico y jurídico que dista por mucho del caso que nos ocupa, toda vez que trata sobre la negativa injustificada del trabajador a realizarse un examen de alcoholemia antes del ingreso a su faena, en tanto que en la presente causa la negativa a la toma del examen se produjo en el tiempo de descanso del trabajador, circunstancia determinante para entender que el empleador ya no se encontraba provisto de su facultad de mando y control, diferencia sustancial que impide considerar el fallo de contraste con el que nos ocupa para efectos de resolver el presente arbitrio”, sostiene el fallo.
La resolución agrega: “Que, así, al no concurrir identidad o similitud de antecedentes fácticos ni jurídicos, resulta imposible efectuar el cotejo que se requiere para la procedencia de este arbitrio excepcional y de derecho estricto, de lo que fluye su desestimación en esta etapa procesal, por lo tanto, en estas condiciones, solo cabe declarar su inadmisibilidad, teniendo particularmente en cuenta el carácter especialísimo y excepcional que le ha sido conferido por los artículos 483 y 483-A del Estatuto Laboral”.