Juzgado rechaza demanda de restitución de inmueble ocupado por Compañía de Bomberos de Iquique

Según el fallo se pudo determinar que “existe un antecedente que justifica la ocupación del inmueble por parte del Cuerpo de Bomberos de Iquique, además, se pudo determinar que el derecho de uso del inmueble se encuentra plenamente vigente y debidamente inscrito”.

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El Tercer Juzgado de Letras de Iquique rechazó la demanda interpuesta por la empresa Inmobiliaria España S.A. que buscaba la restitución de la propiedad que ocupa la compañía de bomberos de la ciudad. 

En el fallo, el magistrado Edilio Jorquera desestimó la procedencia de la demanda, “al estar acreditada la existencia del derecho de uso invocado por la Compañía de Bomberos N°1 de Iquique que recibió el inmueble de su antigua propietaria, la Sociedad Española de Beneficencia, para su uso en forma indefinida y gratuita, en 1929”. 

“Que en definitiva, habiéndose acreditado la existencia del derecho de uso invocado por la parte demandada, el que data del año 1929 y fue inscrito a fojas 81, número 132 del Archivero Nacional, nos encontramos en presencia de una situación contraria a la mera tolerancia, elemento exigido para que exista precario”, indica la resolución. 

Según el fallo se pudo determinar que “existe un antecedente que justifica la ocupación del inmueble por parte del Cuerpo de Bomberos de Iquique, además, se pudo determinar que el derecho de uso del inmueble se encuentra plenamente vigente y debidamente inscrito”.

“Al estar registrado en el registro de publicidad existente, no puede aceptarse, comprenderse o justificarse su ignorancia, hecho que lo llevara a ser merecedor de la condena en costas, al resultar totalmente vencido y no advertirse por lo expuesto motivo plausible para litigar, ya que si bien el derecho real en cuestión no está anotado marginalmente en el título del actor, lo que podría hacer suponer que tiene motivo plausible para litigar”, sostiene el fallo.

Asimismo, la resolución indica que una vez conocida y pública la ocupación del demandado, “lo mínimamente exigible era que se hiciera un estudio de título o se hubiese iniciado este juicio con una exhibición documental, para verificar cuál era el fundamento para utilizar el inmueble por el cuerpo bomberil, teniendo en cuenta que la ocupación es de pública y larga data por parte de una institución sin fines de lucro”.

En esta línea, el Tercer Juzgado de Letras de Iquique resolvió que “se rechaza la demanda de precario interpuesta por el abogado, en representación de Inmobiliaria España S.A., en contra del Cuerpo de Bomberos de Iquique, asociación sin fines de lucro, representada por su superintendente don Marcelo Zúñiga Schampke”.