El pasado jueves, se llevó un cabo significativo taller en las instalaciones del Servicio de Vivienda y Urbanización, el cual estuvo encabezado por el equipo de Participación Ciudadana de Serviu y funcionarios de la Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias (OIRS). Este encuentro reunió a representantes de clubes de personas mayores y de personas en situación de discapacidad, con el propósito de brindar información y orientación sobre el Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda DS N°52 (V. y U.), para personas mayores y personas con discapacidad. Estos subsidios son parte del Plan de Emergencia Habitacional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
Durante el taller, se resaltó la importancia de generar instancias de acercamiento con la ciudadanía y sus organizaciones, reconociendo el papel fundamental de los representantes en la entrega de información y apoyo a las familias. Los asistentes tuvieron la oportunidad de recibir una cartilla completa con los requisitos establecidos para la postulación al programa especial, así como los formularios necesarios para aquellos interesados en iniciar el proceso de postulación.
El Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda está dirigido a personas mayores de 60 años o más, o que cumplan esa edad durante este año calendario. Además, las personas con discapacidad deben tener su condición acreditada en el Registro Nacional de la Discapacidad, según lo establecido en el Título V de la Ley Nº 20.422, sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad.
El postulante debe pertenecer al 70% de la población más vulnerable de acuerdo con su Registro Social de Hogares, y contar con un ingreso mínimo equivalente a 5 UF, que corresponde a la pensión garantizada universal vigente. No es necesario contar con un ahorro mínimo para postular. Además de los factores de puntaje regulares, se otorgará un puntaje adicional por edad, discapacidad y por tener la calidad de personas cuidadoras dentro del núcleo familiar.
Entre los beneficios del programa, se destaca que el monto del subsidio diferenciado según el nivel de vulnerabilidad determinado será por el Registro Social de Hogares del adulto mayor beneficiado. Este monto cubrirá entre el 90% y el 95% de la renta mensual de arriendo, lo que representa un apoyo significativo para los beneficiarios. Por su parte, el beneficiario realizará un copago mensual que oscilará entre el 5% y el 10% de la renta mensual de arriendo, dependiendo de su situación específica.
Además, el programa contempla un monto único adicional de 1 UF (Unidad de Fomento) destinado a cubrir los gastos operacionales generados por la formalización del contrato de arrendamiento. Estos gastos pueden incluir certificados y gastos notariales, garantizando así un proceso ágil y eficiente para los beneficiarios.
Estos beneficios proporcionados por el programa de subsidio de arriendo de vivienda buscan brindar un apoyo integral a las personas mayores y con discapacidad, con el objetivo de asegurar su acceso a una vivienda digna y mejorar su calidad de vida.
Es importante destacar que este llamado especial exime de contar con ahorro, de estar postulando al Fondo Solidario de Elección de Vivienda, así como de la prohibición de tener derecho en comunidad sobre una vivienda. También se exime de haber sido beneficiario anteriormente de un subsidio de arriendo, siempre y cuando dicho beneficio se encuentre en estado caducado y sin deuda vigente. El plazo máximo de vigencia del subsidio es de 8 años, o hasta agotar la totalidad del subsidio, en caso de que se esté aplicando el beneficio. Además, se permite la postulación de personas en situación de discapacidad que no sean adultos mayores en el núcleo familiar.
El Servicio de Vivienda y Urbanización (Serviu) reafirma su compromiso de generar espacios de acercamiento y diálogo con la comunidad, con el objetivo de brindar soluciones habitacionales adecuadas y mejorar las condiciones de vida de los sectores más vulnerables de la población.