La Corte Suprema acogió el recurso de amparo deducido en representación de ciudadana boliviana y le ordenó a la autoridad migratoria revisar en un plazo máximo de 30 días, la solicitud de regularización migratoria de la amparada.
En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal estableció el actuar arbitrario de la autoridad al decretar expulsión del territorio nacional de la mujer, en base a que registra un antecedente penal por el delito de hurto, obviando que cuenta con arraigo familiar, laboral y más de 15 años de permanencia en el país.
“Que, sin perjuicio, se ha podido establecer que la amparada mantiene un arraigo en nuestro país, tanto en el ámbito laboral, familiar como social, al punto que lleva más de 15 años en el país, apareciendo así que la resolución adoptada por la autoridad administrativa afecta la unidad de un grupo familiar y la vida de quien se ordena su expulsión”, sostiene el fallo.
Según indica la resolución “el artículo 9° de la Ley 20.430, contempla el principio de reunificación familiar, el cual constituye una manifestación del deber de resguardo de la familia que dispone el inciso final del artículo 1° de la Constitución que impone al Estado de Chile no ser el causante o responsable de impedimentos u obstáculos injustificados y/o arbitrarios de orden administrativo y burocrático que entorpezcan o dificulten la reunificación”.
El fallo agrega que se observa “una medida que significa un impedimento u obstáculo” a la unidad del grupo familiar la que es “desproporcionada y carente de razonabilidad”, considerando la baja entidad del ilícito por el cual fue sancionada la ciudadana boliviana, lo que amerita que la autoridad administrativa reevalúe la situación de la amparada, teniendo en consideración la totalidad de los principios y reglas que informan la legislación migratoria y en particular el de reunificación familiar.
Por tanto, el máximo tribunal decidió revocar la sentencia apelada el pasado 23 de junio, dictada por la Corte de Apelaciones de Iquique que rechazó el recurso de amparo interpuesto en favor de la ciudadana boliviana.
Asimismo, la corte dejó sin efecto la resolución exenta con fecha del 11 de junio de 2019, que rechazaba la solicitud de regularización migratoria de la mujer, resolución de la Intendencia Regional de Tarapacá que determinó su expulsión del país.
A su vez, el fallo señala que la autoridad migratoria deberá emitir un nuevo pronunciamiento en relación a la solicitud de regularización extraordinaria de la ciudadana en un plazo que no exceda los 30 días, la que deberá considerar los antecedentes personales, familiares y laborales de la amparada, sin atender el antecedente penal en cuya virtud fundó la resolución exenta respectiva.