ARICA | Corte declara admisible recurso de protección presentado por la Fiscalía y dicta orden de no innovar en causa contra clan Los Gallegos

La Primera Sala del tribunal de alzada acogió a tramitación la acción constitucional presentada por el ente persecutor en contra de la resolución dictada el 13 de septiembre y dio lugar a la orden de no entregar la información solicitada por la defensa.

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La Corte de Apelaciones de Arica declaró hoy –jueves 14 de septiembre– admisible  el recurso de protección presentado por la Fiscalía Regional en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de la ciudad que accedió a entregar a las defensas la identidad de los testigos reservados, agentes encubiertos y víctimas protegidas que figuran en la acusación en el marco de la causa abierta contra integrantes del denominado Clan  “Los Gallegos” .

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Pablo Zavala Fernández, José Delgado Ahumada y Reynaldo Oliva Lagos– acogió a tramitación la acción constitucional presentada por el ente persecutor  en contra de la resolución dictada el 13 de septiembre y dio lugar a la orden de no innovar, por lo que no se entregará a las defensas la información solicitada hasta conocer el fondo de la solicitud.

Al respecto, el fiscal regional Mario Carrera señaló que la Corte de Apelaciones decretó una orden de no innovar y añadió que es efectivo que algunos sobres con los nombres de los testigos fueron retirados por la defensoría penal pública pero que deberán ser devueltos.

Cabe precisar que el fallo de la Corte de Apelaciones sostiene que el recurso de protección se declara admisible y precisa que “Atendida la relación de los hechos expuestos en el recurso y el acto que se impugna, pídase informe al Juez de Garantía don Héctor Barraza Aguilera, quien deberá evacuarlo en el plazo de cinco días corridos, adjuntando todos los antecedentes que digan relación con el mismo”.