La Corte de Apelaciones de Santiago elevó la indemnización que el Fisco de Chile debe pagar a una prisionera política sometida a torturas por agentes de la dictadura cívico-militar en la ciudad de Iquique durante 1985. La victima fue torturada por más de 8 horas seguidas en instalaciones policiales.
Según detalla el fallo de Primera Instancia, la mujer fue detenida por agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI) y Carabineros el 9 de mayo de 1985, alrededor de las 22:30 horas, mientras se encontraba en una reunión de la Agrupación Cultural Tarapacá, junto a miembros del Partido Comunista (PC).
La casa donde se realizaba la reunión fue allanada por los agentes policiales, siendo conducida mujer junto a los asistentes a un furgón policial que se encontraba frente a la casa, para luego ser trasladados a las dependencias de la Primera Comisaría de Carabineros de Iquique de esa época, ubicada en Patricio Lynch esquina Bulnes. Hasta ese momento, ninguno de los agentes les dio razones por las cuales fueron detenidos; y al tratar de preguntar solo recibieron golpes, insultos y amenazas de muerte.
Durante el trayecto, la víctima fue golpeada en la cabeza y pateada en diversas ocasiones, además, llegando a la comisaría la apartaron de sus compañeros, dejándola en una celda pequeña. Pasado un tiempo, la sacaron para que hablara con German Valenzuela, abogado de derechos humanos, siendo interrogada por los agentes bajo tortura.
En el interrogatorio fue constantemente emplazada a reconocer su militancia en el Partido Comunista, incluso la amenazaron con la muerte de su familia y con perseguirla por siempre, hasta la muerte.
“Así también fue golpeada, le pegaron combos, patadas, le apretaban los brazos, le tiraron el pelo, le pegaron con la mano abierta en la cara, fue lanzada al piso con empujones, en el piso fue golpeada con patadas, le pisaron la cabeza contra el suelo mientras le gritaban para que reconociera su militancia y diera nombres de dirigentes comunistas”, indica el fallo.
Posteriormente, la obligaron a firmar una declaración bajo amenazas y golpes, pero la mujer se negó a aceptar el documento y el 10 de mayo fue llevada a la fiscalía militar, engrillada de manos, luego de haber sido torturada por más de 8 horas seguidas en instalaciones policiales.
En la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, la Segunda Sala del tribunal de alzada consideró que se debe incrementar el pago debido “al daño causado, considerando que queda clara la naturaleza de las torturas padecidas por la víctima y el tiempo que estuvo privada ilegítimamente de libertad y el perjuicio emocional que aún mantiene”.
Según el falló, los elementos de convicción aportados a la causa “permiten comprobar el daño moral recibido por la víctima, tras torturas y apremios ilegítimos”. También se pudo establecer que “la vida familiar, social y laboral de la mujer se vio afectada por los actos violentos de apremios, pues los padecimientos le provocaron un daño emocional que se ha mantenido en el tiempo afectando todos los aspectos de su vida”.
“Estos sentenciadores atenderán especialmente a la envergadura del daño sufrido por la demandante, el que ha de ser proporcional al perjuicio y derivarse necesariamente del hecho que lo genera, límites que en este caso se satisfacen con la prueba analizada y los hechos asentados en el fallo”, agrega el documento.
Considerando los hechos de esta causa, la Corte de Apelaciones de Santiago determinó que el daño moral de la afectada “se avalúa en la suma de $25.000.000”, más los reajustes e intereses necesarios para la víctima.